Circular N° 17 · RENTA · 09/04/2019

Tablas de retención para sueldos de mayo 2019 quedan fijadas por el SII

Materia del circular

Circular N° 17 del 09 de Abril del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular 17 establece las tablas de retención del Impuesto Único de Segunda Categoría vigentes para mayo de 2019, que los empleadores y habilitados deben aplicar obligatoriamente al calcular las retenciones mensuales sobre sueldos, pensiones y otras rentas del trabajo. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, departamentos de remuneraciones, pagadores de pensiones, habilitados y asesores laborales que calculan y retienen mensualmente el Impuesto Único de Segunda Categoría sobre rentas del trabajo dependiente o asimiladas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen estas tablas de retención? → Desde el mes de mayo de 2019 para todas las rentas del trabajo pagadas en ese período. - ¿Quiénes deben aplicar estas tablas obligatoriamente? → Todos los empleadores, habilitados y pagadores de rentas de Segunda Categoría que efectúen retenciones mensuales. - ¿Qué pasa si un empleador usa tablas anteriores en mayo? → Aplicaría retenciones incorrectas, generando diferencias en la declaración anual y potencial fiscalización del SII. - ¿Las tablas incluyen ajustes por inflación o cambios legales? → Sí, incorporan reajustes de tramos y tasas según la normativa vigente a esa fecha. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad inmediata desde el primer pago de mayo:** los empleadores deben actualizar sus sistemas de remuneraciones antes del primer proceso de liquidación del mes, sin período de gracia. - **Aplica a todas las rentas de Segunda Categoría:** incluye sueldos, honorarios asimilados a sueldos, pensiones y cualquier renta del trabajo sujeta a retención mensual. - **Error común en empresas sin actualización automática:** departamentos de RRHH que usan planillas manuales o sistemas desactualizados pueden retener montos incorrectos si no cargan la tabla nueva. - **Las diferencias se ajustan en Operación Renta del año siguiente:** si la retención fue insuficiente, el trabajador pagará diferencia en abril 2020; si fue excesiva, recuperará la devolución, pero genera distorsión de flujo. **Ejemplo práctico:** Una empresa con 150 trabajadores procesa las liquidaciones de mayo 2019 el día 30 de abril. El jefe de remuneraciones debe cargar en el sistema las tablas de la Circular 17 antes de ejecutar el cálculo. Un trabajador con renta imponible de 1.200.000 pesos quedará sujeto al tramo y tasa vigente según la tabla actualizada. Si la empresa aplica por error la tabla de abril, puede retener 8.500 pesos menos de lo correcto, generando una diferencia que el trabajador deberá pagar en su declaración de renta de abril 2020.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de mayo de 2019, e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu17.pdf