Circular N° 28 · RENTA · 10/07/2019

Circular 28/2019: Tablas de retención agosto 2019 con tramos actualizados por inflación

Materia del circular

Circular N° 28 del 10 de Julio del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Esta circular establece las tablas de retención del Impuesto Único de Segunda Categoría vigentes para agosto 2019, actualizando los tramos de renta según la variación del IPC entre noviembre 2018 y mayo 2019. **¿A quién le importa esto?** Empleadores y departamentos de remuneraciones responsables de calcular y retener mensualmente el Impuesto Único de Segunda Categoría sobre sueldos, salarios y otras rentas del trabajo dependiente a partir de agosto 2019. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención de agosto 2019? → Desde las remuneraciones pagadas o puestas a disposición a contar del 1 de agosto de 2019. - ¿Qué factor de actualización se aplicó a los tramos? → La variación del IPC entre noviembre 2018 y mayo 2019, según lo establece el artículo 52 de la Ley de Renta. - ¿A qué rentas se aplican estas tablas? → A sueldos, salarios, pensiones y otras rentas del trabajo dependiente clasificadas en Segunda Categoría. - ¿Qué pasa si un empleador no actualiza las retenciones en agosto? → Retendrá de menos o de más según el tramo, generando diferencias que deberán regularizarse en la declaración anual del trabajador. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización semestral obligatoria:** los tramos de retención se ajustan cada seis meses (febrero y agosto) según IPC, por lo que los sistemas de remuneraciones deben actualizarse puntualmente para evitar retenciones incorrectas. - **Impacto en trabajadores cercanos a cambios de tramo:** quienes tienen rentas mensuales próximas a los límites de cada tramo pueden experimentar variaciones en su retención mensual aunque su sueldo no haya cambiado, simplemente por el ajuste de los rangos. - **Responsabilidad del empleador como agente retenedor:** el empleador debe aplicar correctamente las nuevas tablas desde el primer día del mes; errores en la retención pueden generar diferencias a pagar o devoluciones en la Operación Renta del año siguiente. - **Coordinación con otras retenciones y créditos:** estas tablas operan sobre la renta bruta mensual después de deducciones legales (AFP, salud), por lo que cambios en cotizaciones previsionales también afectan el monto final retenido. **Ejemplo práctico:** Un trabajador con renta mensual bruta de 1.200.000 pesos en julio 2019, después de cotizaciones previsionales de 150.000 pesos, tiene base imponible de 1.050.000 pesos. Con la tabla de julio, cae en un tramo con tasa marginal X y retención de 80.000 pesos. Al aplicarse la tabla actualizada de agosto 2019, el límite superior de ese tramo sube por IPC, resultando en una retención de 77.500 pesos sobre la misma renta, generando 2.500 pesos menos de retención mensual que el trabajador percibirá como mayor líquido.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de agosto de 2019, e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu28.pdf