Circular N° 33 · RENTA · 09/08/2019

Circular 33/2019: Actualización mensual de tablas de retención para septiembre 2019

Materia del circular

Circular N° 33 del 09 de Agosto del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular 33/2019 actualiza las tablas de Impuesto Único de Segunda Categoría aplicables a las rentas del trabajo pagadas durante septiembre 2019, estableciendo los tramos y tasas de retención que empleadores y pagadores deben utilizar. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, pagadores de rentas del trabajo, departamentos de remuneraciones, empresas con trabajadores dependientes, y contribuyentes que efectúan retenciones de segunda categoría sobre sueldos, honorarios asimilados a sueldos y pensiones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las tablas de esta Circular? → Desde el 1 de septiembre de 2019, para todas las rentas del trabajo pagadas en ese mes. - ¿Qué rentas están afectas a estas tablas de retención? → Sueldos, pensiones, honorarios asimilados a sueldos y demás rentas clasificadas en Segunda Categoría. - ¿Qué sucede si se aplican tablas de meses anteriores? → Se generan diferencias de retención que deben regularizarse mediante declaraciones rectificatorias y eventuales pagos con intereses y multas. - ¿Esta Circular modifica las reglas de cálculo o solo las tablas? → Solo actualiza las tablas mensuales; las reglas de cálculo, deducciones y exenciones se mantienen según la normativa vigente. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia mensual estricta:** las tablas tienen validez únicamente para septiembre 2019, y cada mes posterior requiere aplicar la circular correspondiente con sus propios tramos y tasas actualizados. - **Obligación de actualización permanente:** los empleadores deben revisar mensualmente las circulares del SII, ya que variaciones en UF, UTM o cambios normativos pueden modificar los tramos de retención. - **Responsabilidad del agente retenedor:** el empleador es responsable por aplicar la tabla vigente; retener de menos genera una deuda tributaria del trabajador más la responsabilidad solidaria del empleador. - **No sustituye la declaración anual:** estas retenciones son pagos provisionales mensuales que se imputan contra el impuesto definitivo en la operación renta del año siguiente, pudiendo generar devoluciones o pagos adicionales. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga el 30 de septiembre de 2019 un sueldo líquido de $1.200.000 a un trabajador. Debe aplicar la tabla de septiembre 2019 contenida en esta Circular 33 para calcular la retención. Si por error aplica la tabla de agosto, puede retener $18.500 menos de lo debido. Al detectarse en fiscalización, la empresa debe rectificar el F29, pagar la diferencia más intereses penales del 1,5% mensual, y el trabajador enfrentará una deuda mayor en su declaración anual de renta si no se regulariza.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de septiembre de 2019 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu33.pdf