Materia del circular
Circular N° 36 del 10 de Septiembre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 36 de septiembre de 2019 establece las tablas actualizadas de retención del Impuesto Único de Segunda Categoría aplicables a las rentas del trabajo pagadas desde octubre de 2019, junto con instrucciones adicionales sobre su correcta aplicación. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, pagadores institucionales, áreas de remuneraciones y contadores que calculan retenciones mensuales de impuesto sobre sueldos, pensiones, honorarios asimilados a sueldos y otras rentas del trabajo dependiente o asimiladas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención? → Desde las rentas pagadas o puestas a disposición en octubre de 2019 en adelante. - ¿Qué rentas quedan afectas a estas retenciones? → Sueldos, pensiones, honorarios asimilados a sueldos y demás rentas clasificadas en Segunda Categoría. - ¿Las tablas anteriores quedan sin efecto? → Sí, las tablas vigentes hasta septiembre 2019 se reemplazan íntegramente por las de esta circular. - ¿Deben los empleadores actualizar sus sistemas de cálculo? → Sí, deben incorporar las nuevas tablas en sus procesos de liquidación antes del pago de octubre. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización obligatoria de sistemas:** los empleadores deben modificar sus plataformas de remuneraciones y software contable para reflejar las tablas de octubre 2019, evitando retenciones incorrectas que generen diferencias en Operación Renta. - **Cambio de tramos y tasas marginales:** las tablas incorporan ajustes en los montos de los tramos de renta imponible y las tasas efectivas de retención, producto de la actualización de UTM y factores de actualización del período. - **Aplica a todas las rentas de Segunda Categoría:** no solo a sueldos, sino también a pensiones, dietas, gratificaciones y honorarios asimilados a sueldos según el artículo 42 N° 2 de la LIR. - **Error común en transición de mes:** pagar remuneraciones de septiembre en octubre usando tablas antiguas genera retenciones insuficientes; el mes que rige es el del pago efectivo, no el del devengo. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga el 5 de octubre de 2019 un sueldo bruto de 1.800.000 pesos a un trabajador sin cargas familiares. Debe aplicar la tabla de retención de octubre 2019 publicada en esta circular, no la de septiembre. Si el tramo actualizado indica una retención efectiva de 98.500 pesos y la empresa usa por error la tabla anterior (con retención de 96.200 pesos), genera una diferencia de 2.300 pesos menos retenidos que el trabajador deberá pagar en abril con reajustes e intereses. En cambio, si la empresa aplica correctamente la tabla nueva, la declaración anual del trabajador resultará sin diferencias por este concepto.
Resumen oficial SII
Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de octubre de 2019 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu36.pdf