Materia del circular
Circular N° 44 del 11 de Noviembre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Esta circular establece los valores oficiales de la Unidad de Fomento para cada día del período comprendido entre el 10 de noviembre y el 9 de diciembre de 2019, necesarios para calcular impuestos, reajustes y obligaciones expresadas en UF. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes que deben calcular impuestos, multas, reajustes o cualquier obligación tributaria expresada en UF, incluyendo empresas que llevan contabilidad en moneda funcional, notarios que liquidan impuestos de timbres y estampillas, y personas que declaran rentas de capital indexadas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período abarca esta publicación de valores UF? → Desde el 10 de noviembre hasta el 9 de diciembre de 2019, ambas fechas inclusive. - ¿Quién está obligado a usar estos valores oficiales? → Todos los contribuyentes al calcular impuestos, intereses y obligaciones expresadas en UF. - ¿Con qué periodicidad publica el SII estos valores? → Mensualmente, cubriendo períodos de aproximadamente 30 días. - ¿Qué pasa si se usa un valor UF distinto al oficial? → Los cálculos tributarios serán incorrectos y pueden generar diferencias, multas o rechazos de declaraciones. **Lo que debes tener claro:** - **Carácter vinculante para efectos tributarios:** estos son los únicos valores válidos para liquidar impuestos, calcular reajustes y determinar sanciones pecuniarias durante el período indicado. - **Aplicación retroactiva en declaraciones tardías:** si un contribuyente declara fuera de plazo obligaciones de este período, debe usar los valores UF vigentes en las fechas originales de devengo, no los del día de la declaración. - **Relevancia para contabilidad y provisiones:** las empresas que registran activos o pasivos en UF deben actualizar sus estados financieros con estos valores oficiales para el cierre mensual correspondiente. - **Fuente oficial versus fuentes alternativas:** aunque el Banco Central publica la UF diariamente, para fines tributarios es obligatorio usar los valores que el SII formaliza mediante circular, evitando discrepancias por redondeos o actualizaciones. **Ejemplo práctico:** Una empresa debe pagar el Impuesto de Timbres y Estampillas sobre un contrato de mutuo por 5.000 UF firmado el 15 de noviembre de 2019 . Para calcular el impuesto en pesos chilenos, debe multiplicar 5.000 por el valor UF oficial de ese día según la Circular N° 44 (supongamos $28.100,50), resultando en $140.502.500. Si usara el valor del día de pago (distinto) o un valor no oficial, la liquidación sería rechazada o generaría diferencias en una fiscalización posterior.
Resumen oficial SII
Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de noviembre de 2019 y el 9 de diciembre de 2019, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu44.pdf