Materia del oficio
Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Art. 37, Letras A) y B)
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El retiro de bienes desde zona franca hacia territorio nacional sin haber nacionalizado previamente la importación no genera el hecho gravado del artículo 37 del D.L. 825, pues este impuesto se aplica exclusivamente sobre importaciones legalmente nacionalizadas en Chile. **¿A quién le importa esto?** Importadores que operan con zonas francas, empresas que retiran mercancía desde ZOFRI, Iquique o Punta Arenas hacia territorio continental sin haber tramitado nacionalización previa, y contribuyentes que necesitan claridad sobre cuándo se genera el hecho gravado del art. 37. **Lo que resolvió el SII:** - ¿El retiro de mercancía desde zona franca sin nacionalizar genera IVA según art. 37? → No, porque el art. 37 solo grava importaciones con nacionalización completa. - ¿Qué se entiende por nacionalización de una importación? → El ingreso legal de mercancía extranjera al país con cumplimiento de formalidades aduaneras. - ¿Qué pasa si retiro bienes de zona franca sin nacionalizar primero? → No se configura el hecho gravado del art. 37, aunque puede haber otras consecuencias aduaneras. - ¿Desde cuándo rige este criterio interpretativo del SII? → Desde la emisión del oficio N° 1464 de mayo de 2019, aplicable retroactivamente. **Lo que debes tener claro:** - **Nacionalización es requisito esencial para el art. 37:** sin cumplir las formalidades de ingreso legal de mercancía extranjera al país, no existe hecho gravado con IVA bajo este artículo. - **Zonas francas operan con régimen especial:** los retiros desde ZOFRI u otras zonas francas sin nacionalización previa no califican como importaciones efectivas para efectos tributarios del IVA. - **Diferencia con otros hechos gravados del IVA:** aunque el retiro sin nacionalizar no genera IVA art. 37, podría estar afecto a otras normas del D.L. 825 si se configura venta o servicio en territorio nacional. - **Riesgo de confusión entre regímenes aduaneros y tributarios:** contribuyentes pueden creer que cualquier retiro de zona franca genera IVA, cuando en realidad depende de si hubo nacionalización completa con documentación aduanera. **Ejemplo práctico:** Una empresa importa maquinaria desde China valorada en 80.000.000 de pesos y la ingresa a ZOFRI en Iquique. Posteriormente retira los bienes hacia Santiago sin haber tramitado la nacionalización ante Aduanas. Según el oficio N° 1464, este retiro no genera el IVA del artículo 37 porque no existió nacionalización previa. Sin embargo, si posteriormente la empresa vende esa maquinaria en Santiago, podría generar IVA por venta según artículo 2° del D.L. 825.
Resumen oficial SII
Consultas relativas al impuesto establecido en el artículo 37° del D.L. N° 825, de 1974