Resolución Exenta N° 116 · OTROS · 16/10/2019

SII puede verificar datos del Registro Civil y profesionales en línea sin pedir documentos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 116 del 16 de Octubre del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII queda autorizado a verificar en línea datos del Registro Civil e Identificación y del Registro de Profesionales mediante interoperabilidad directa, eliminando la necesidad de que los contribuyentes presenten certificados físicos para acreditar identidad o títulos profesionales en trámites tributarios. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes que realizan trámites ante el SII que requieren acreditar identidad, estado civil, antecedentes de defunción o títulos profesionales, particularmente personas naturales que inician actividades, representantes legales y profesionales que ejercen servicios independientes. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué datos puede verificar el SII directamente sin pedir certificados? → Datos del Registro Civil (identidad, estado civil, defunciones) y del Registro de Profesionales (títulos y habilitaciones). - ¿Necesito presentar certificado del Registro Civil para trámites en el SII? → No, el SII accede directamente a esos datos mediante la Plataforma de Servicios Electrónicos del Estado. - ¿Desde cuándo rige esta interoperabilidad? → Desde el 16 de octubre de 2019, fecha de la Resolución Exenta 116. - ¿Qué sucede si el SII no encuentra mis datos en línea? → Puede solicitar excepcionalmente el certificado físico si la consulta electrónica falla o los datos están desactualizados. **Lo que debes tener claro:** - **Elimina carga administrativa para contribuyentes:** ya no es necesario obtener certificados de nacimiento, matrimonio, defunción o títulos profesionales para la mayoría de trámites tributarios, pues el SII los consulta directamente. - **Aplica a verificaciones rutinarias y fiscalización:** la interoperabilidad opera tanto para trámites voluntarios (inicio de actividades, cambios de representante) como para procesos de fiscalización donde se requiera validar identidad o profesión. - **No elimina obligación de mantener datos actualizados:** aunque el SII consulte directamente, los contribuyentes deben asegurar que su información en el Registro Civil esté vigente, especialmente cambios de domicilio o estado civil que afecten situación tributaria. - **Posible brecha en casos de desincronización:** si los sistemas del Registro Civil están temporalmente caídos o desactualizados, el SII puede exigir certificado físico como respaldo, generando confusión en contribuyentes que asumen eliminación total del requisito. **Ejemplo práctico:** Un abogado inicia actividades como profesional independiente en noviembre de 2019. Antes de esta resolución, debía presentar certificado de título profesional del Registro Civil. Ahora el SII verifica directamente en línea su inscripción como abogado en el Registro de Profesionales: el trámite se completa sin necesidad de adjuntar documentos. Sin embargo, si el sistema muestra que su título fue registrado en 1998 y existe duda sobre vigencia de habilitación, el SII puede solicitarle excepcionalmente el certificado actualizado para confirmar que no ha sido inhabilitado.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Interoperabilidad y Prestación de Servicios de verificación de datos del Registro Civil y del Registro de Profesionales en línea en el marco de la Plataforma Integrada de Servicios Electrónicos del Estado entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso116.pdf