Resolución Exenta N° 117 · OTROS · 21/10/2019

Condonación de intereses y multas bajo Resolución 117: requisitos y alcances

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 117 del 21 de Octubre del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 117 de 2019 establece un régimen de condonación de intereses penales y multas infraccionales para contribuyentes que cumplan requisitos específicos de pago y regularización de sus obligaciones tributarias. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con deudas tributarias históricas que incluyen intereses penales y/o multas infraccionales, especialmente micro, pequeñas y medianas empresas con capacidad de pago limitada que buscan regularizar su situación tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué conceptos cubre la condonación? → Intereses penales y multas infraccionales sobre deudas tributarias, no el impuesto base. - ¿Quiénes pueden acceder a esta condonación? → Contribuyentes que cumplan los requisitos específicos establecidos en la resolución. - ¿Se condona el impuesto adeudado? → No, solo los intereses penales y multas; el impuesto debe pagarse íntegramente. - ¿Aplica a deudas futuras contraídas después de octubre 2019? → No, solo a deudas existentes en la fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **La condonación es parcial y condicionada:** solo cubre intereses penales y multas infraccionales, manteniendo la obligación de pagar el 100% del impuesto adeudado más reajustes. - **Requisito de pago previo:** el contribuyente debe haber regularizado o comprometerse a regularizar el capital adeudado según modalidades aceptadas por el SII para acceder al beneficio. - **Alcance temporal limitado:** la condonación aplica exclusivamente a deudas contraídas antes de la fecha de publicación (21 de octubre de 2019), no beneficiando obligaciones posteriores. - **No genera derecho automático:** el contribuyente debe solicitar expresamente la condonación y demostrar cumplimiento de requisitos; el SII evalúa caso a caso antes de aprobar. **Ejemplo práctico:** Una Pyme adeuda 5.000.000 de pesos en IVA de 2017, más 1.800.000 en intereses penales y 900.000 en multas infraccionales. Bajo esta resolución, si paga los 5.000.000 más reajustes (aproximadamente 5.400.000 total), puede solicitar condonación de los 2.700.000 en intereses y multas. Si la deuda fuera de enero 2020, no aplicaría el beneficio al ser posterior a la resolución.

Resumen oficial SII

Otorga condonación sobre los intereses y/o multas infraccionales en los casos que se señalan.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso117.pdf