Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 118 del 25 de Octubre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 118 de 2019 introduce modificaciones complementarias a la Resolución N° 37 de 2013, ajustando procedimientos operativos para el pago de proveedores del Estado y actualizando requisitos administrativos para su correcta implementación. **¿A quién le importa esto?** Proveedores del Estado, entidades públicas que ejecutan pagos a terceros, profesionales que asesoran a empresas con contratos gubernamentales, y contadores que gestionan facturación y cobranza en el sector público. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué resolución se está complementando? → La Resolución N° 37 de 2013, que regula procedimientos de pago de proveedores del Estado. - ¿Desde cuándo rigen las modificaciones? → Desde el 25 de octubre de 2019, fecha de publicación de la Resolución 118. - ¿A quiénes afecta esta complementación? → A todos los proveedores del Estado y entidades públicas sujetas al régimen de la Resolución 37/2013. - ¿Qué aspectos específicos se modifican? → Procedimientos operativos y requisitos administrativos para pagos, según texto íntegro de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Complementa normativa vigente sin derogarla:** la Resolución 118 no reemplaza la N° 37/2013, sino que introduce ajustes específicos que deben aplicarse conjuntamente con las reglas originales. - **Aplicación inmediata desde publicación:** los cambios operan desde el 25 de octubre de 2019, sin período de transición explícito, por lo que proveedores debieron ajustar procedimientos de inmediato. - **Impacta cadena de pago completo:** afecta tanto a quienes emiten facturas al Estado como a las entidades públicas que procesan y ejecutan pagos, requiriendo coordinación bilateral. - **Falta de detalle público genera incertidumbre:** el extracto disponible no especifica qué aspectos concretos se modifican, obligando a proveedores a consultar el texto íntegro para cumplimiento correcto. **Ejemplo práctico:** Una empresa proveedora de servicios de aseo que mantiene contrato con un hospital público y factura mensualmente 8.500.000 de pesos debe verificar el texto completo de la Resolución 118/2019 para determinar si cambió algún requisito de documentación, plazo de presentación o modalidad de pago respecto a lo establecido en la Resolución 37/2013. Si la modificación afecta, por ejemplo, plazos de validación de facturas electrónicas, debe ajustar sus procesos administrativos desde octubre 2019 para evitar rechazos o demoras en pagos.
Resumen oficial SII
Complementa Resolución N° 37, de 2013, en los términos que indica.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso118.pdf