Resolución Exenta N° 138 · OTROS · 10/12/2019

SII condona intereses y multas bajo criterios específicos de equidad

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 138 del 10 de Diciembre del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 138 establece los criterios y procedimientos mediante los cuales el SII puede condonar intereses penales y multas infraccionales en casos donde existan circunstancias especiales que justifiquen este beneficio. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con deudas tributarias que enfrentan multas e intereses penales, especialmente aquellos que pueden demostrar circunstancias extraordinarias, errores no dolosos, o situaciones económicas que dificulten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué elementos puede condonar el SII según esta resolución? → Intereses penales sobre impuestos adeudados y multas infraccionales aplicadas por incumplimientos tributarios. - ¿Quiénes pueden solicitar la condonación? → Contribuyentes que cumplan los requisitos específicos establecidos en la resolución y puedan acreditar las circunstancias justificantes. - ¿La condonación es automática? → No, debe solicitarse formalmente y el SII evalúa cada caso según los criterios definidos en la resolución. - ¿Se puede condonar el impuesto principal? → No, la condonación aplica únicamente a intereses penales y multas, nunca al impuesto base adeudado. **Lo que debes tener claro:** - **El impuesto principal no se condona:** la resolución permite reducir o eliminar intereses y multas, pero el contribuyente siempre debe pagar el impuesto original adeudado. - **Criterios de evaluación caso a caso:** el SII analiza las circunstancias particulares de cada solicitud, incluyendo buena fe, situación económica, errores involuntarios o fuerza mayor. - **Requisito de solicitud expresa:** la condonación no opera de oficio; el contribuyente debe presentar una petición formal con los antecedentes que justifiquen su caso. - **Beneficio no garantizado:** cumplir los requisitos formales no asegura la condonación, ya que el SII mantiene facultad discrecional para aprobar o rechazar según mérito. **Ejemplo práctico:** Una pyme adeuda 5.000.000 de pesos en IVA más 1.200.000 en intereses penales y 800.000 en multas por declaración fuera de plazo debido a un error contable no intencional. Presenta solicitud de condonación acreditando su situación financiera crítica y la ausencia de dolo. El SII evalúa el caso y condona el 80% de los intereses (960.000 pesos) y el 100% de la multa (800.000 pesos) , pero mantiene la obligación de pagar los 5.000.000 del impuesto principal más 240.000 de intereses residuales.

Resumen oficial SII

Otorga condonación sobre los intereses y/o multas infraccionales en los casos que se señalan.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso138.pdf