Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 21 del 06 de Febrero del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII autoriza a contribuyentes específicos a reemplazar la entrega obligatoria de boletas en papel por el envío de boletas electrónicas, siempre que cumplan con condiciones de notificación previa al consumidor y registro del medio de envío utilizado. **¿A quién le importa esto?** Empresas emisoras de boletas que desean optimizar sus procesos de facturación mediante documentación electrónica, particularmente aquellas con alto volumen de operaciones con consumidores finales o que operan en canales de venta no presencial. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden las empresas enviar boletas electrónicas en vez de papel? → Sí, pero requieren autorización previa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué condiciones debe cumplir la empresa autorizada? → Notificar al cliente sobre el cambio, registrar el medio de envío y permitir que el consumidor opte por papel si lo prefiere. - ¿El cliente puede rechazar la boleta electrónica? → Sí, el consumidor mantiene el derecho a exigir la boleta en papel si así lo solicita. - ¿Esta autorización es automática para todos los contribuyentes? → No, se otorga caso a caso mediante resolución exenta que establece condiciones específicas. **Lo que debes tener claro:** - **La autorización es individual y no automática:** cada empresa debe solicitarla al SII y recibir una resolución exenta específica que indique las condiciones particulares de operación. - **Prevalece la voluntad del consumidor:** aunque la empresa esté autorizada, el cliente siempre puede exigir recibir la boleta en formato papel, derecho que no puede ser anulado por la autorización. - **Obligación de notificación previa:** la empresa debe informar al consumidor sobre el cambio de modalidad antes de efectuarlo, no puede implementarlo unilateralmente sin aviso. - **Riesgo de incumplimiento por falta de registro:** si la empresa no mantiene registro adecuado del medio de envío de cada boleta electrónica (email, SMS, plataforma), puede perder la autorización o enfrentar sanciones. **Ejemplo práctico:** Colchones Rosen S.A.I.C. obtiene autorización del SII para enviar boletas electrónicas. Un cliente compra un colchón por 350.000 pesos mediante venta telefónica y proporciona su email. La empresa debe: (1) informarle previamente que recibirá boleta electrónica por email, (2) enviar la boleta a su correo registrado, y (3) mantener registro de que se envió al email específico. Si el cliente solicita expresamente la boleta en papel, la empresa debe entregarla independiente de su autorización para usar formato electrónico.
Resumen oficial SII
Autoriza a la SOCIEDAD COLCHONES ROSEN S.A.I.C. para cumplir la obligación de entregar boletas en papel mediante el envío de boletas electrónicas en la forma y condiciones que indica.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso21.pdf