Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 32 del 25 de Febrero del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII aprueba mediante Resolución Exenta N° 32 un Acuerdo de Colaboración Tributaria con la Cámara de Comercio de Santiago, estableciendo el marco institucional para que asociaciones gremiales colaboren formalmente con el servicio en materias de educación y cumplimiento tributario. **¿A quién le importa esto?** Cámaras de comercio, asociaciones gremiales empresariales, federaciones productivas y sus socios que buscan establecer canales formales de cooperación con el SII para educación tributaria, capacitación y mejora del cumplimiento voluntario. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cómo se formalizan los acuerdos de colaboración tributaria con el SII? → Mediante resolución exenta dictada por el Director del Servicio de Impuestos Internos. - ¿Qué entidades pueden suscribir estos acuerdos? → Cámaras de comercio, asociaciones gremiales y organizaciones empresariales representativas de sectores productivos. - ¿Cuál es el objeto de estos acuerdos de colaboración? → Cooperar en materias de educación tributaria, capacitación, difusión normativa y mejora del cumplimiento voluntario de obligaciones fiscales. - ¿Los acuerdos requieren aprobación formal del Director del SII? → Sí, cada acuerdo debe ser aprobado expresamente mediante resolución exenta publicada por el servicio. **Lo que debes tener claro:** - **Instrumento jurídico formal:** la resolución exenta es el vehículo legal para que el SII suscriba compromisos de colaboración con entidades privadas, dotándolos de validez administrativa y publicidad oficial. - **No confiere beneficios tributarios automáticos:** estos acuerdos establecen canales de cooperación institucional, pero no otorgan exenciones, regímenes especiales ni tratamientos preferenciales a los socios de las entidades firmantes. - **Precedente para otras asociaciones:** la aprobación del acuerdo con la Cámara de Comercio de Santiago establece un modelo replicable para federaciones, asociaciones industriales y gremios que deseen formalizar colaboración tributaria. - **Transparencia y publicidad:** al formalizarse mediante resolución exenta, estos acuerdos quedan sujetos a publicidad oficial y transparencia activa, permitiendo conocer términos, compromisos y alcances de la colaboración entre el SII y el sector privado. **Ejemplo práctico:** La Cámara de Comercio de Santiago, que agrupa a 3.500 empresas de diversos sectores, firma con el SII un Acuerdo de Colaboración Tributaria aprobado por Resolución Exenta N° 32 el 25 de febrero de 2019. En virtud de este acuerdo, la Cámara se compromete a organizar 12 seminarios anuales de capacitación en reforma tributaria para sus socios, difundir cambios normativos del SII mediante boletines mensuales, y facilitar espacios para charlas del servicio. El SII, por su parte, designa un equipo de apoyo técnico y provee material educativo actualizado. Una empresa socia de la Cámara no obtiene por este acuerdo ningún beneficio tributario directo , pero accede a capacitación gratuita y canales expeditos de consulta. Otras asociaciones gremiales pueden solicitar acuerdos similares que serán evaluados y, de aprobarse, formalizados mediante resolución exenta del Director del SII.
Resumen oficial SII
Aprueba Acuerdo de Colaboración Tributaria entre el Servicio de Impuestos Internos y la Cámara de Comercio de Santiago.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso32.pdf