Resolución Exenta N° 41 · OTROS · 01/04/2019

Trabajadores independientes: el SII comparte sus cotizaciones con mutualidades y Tesorería

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 41 del 01 de Abril del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 41 establece el protocolo de intercambio automático de información sobre cotizaciones previsionales de trabajadores independientes entre el SII, Tesorería, Superintendencia de Seguridad Social y los organismos administradores del seguro de la Ley N°16.744, reemplazando la normativa del año 2012. **¿A quién le importa esto?** Trabajadores independientes obligados a cotizar según el artículo 89 del DL 3.500, organismos administradores de la Ley 16.744 (mutualidades), profesionales de remuneraciones y asesores previsionales que gestionan cotizaciones de honorarios. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información se intercambia entre los organismos? → Datos de cotizaciones previsionales de trabajadores independientes del artículo 89 del DL 3.500 para el seguro de la Ley 16.744. - ¿Qué organismos participan en este intercambio? → El SII, la Tesorería General de la República, la Superintendencia de Seguridad Social y las mutualidades administradoras del seguro Ley 16.744. - ¿A qué trabajadores independientes aplica? → A los del inciso primero del artículo 89 del DL 3.500 de 1980, obligados a cotizar sobre sus rentas. - ¿Qué norma anterior quedó sin efecto? → La Resolución Exenta SII N°86 de 2012 y la Circular Conjunta N°4 de Tesorería del mismo año. **Lo que debes tener claro:** - **Intercambio automático de datos previsionales:** el SII comparte directamente con mutualidades y Tesorería la información de cotizaciones declaradas por trabajadores independientes, sin que el contribuyente deba presentarla múltiples veces. - **Alcance limitado a trabajadores del artículo 89 DL 3.500:** solo aplica a independientes obligados a cotizar sobre rentas del artículo 42 N°2 de la LIR, no a todos los trabajadores por cuenta propia ni a boletas de honorarios esporádicas. - **Actualización del protocolo de 2012:** esta resolución moderniza el mecanismo de intercambio que llevaba siete años sin actualización, adaptándolo a los cambios en obligaciones previsionales de independientes. - **Riesgo de inconsistencias entre bases de datos:** si un trabajador independiente declara rentas en el SII pero no cotiza, las mutualidades recibirán información que puede gatillar requerimientos de pago o fiscalizaciones cruzadas. **Ejemplo práctico:** Una diseñadora independiente emite boletas de honorarios por 6.000.000 de pesos en 2019 y declara su renta en abril de 2020. El SII transmite automáticamente esta información a su mutualidad (supongamos la Mutual de Seguridad) y a Tesorería. La mutual detecta que debe cotizar sobre esa base imponible para el seguro de accidentes del trabajo según la Ley 16.744, y Tesorería verifica el pago de las cotizaciones obligatorias. Si la diseñadora no cotizó, recibirá requerimientos coordinados de ambos organismos basados en la misma información del SII, sin necesidad de que cada entidad le solicite sus declaraciones por separado.

Resumen oficial SII

Regula el intercambio de información entre los organismos administradores del seguro de la Ley N°16.744, el Servicio de Impuestos Internos, la Tesorería General de la República y la Superintendencia de Seguridad Social, referida a las cotizaciones de los trabajadores independientes del inciso primero del Artículo 89 del D.L. N°3500, de 1980. Deroga y reemplaza la Resolución Ex. SII N°86, del Servicio de Impuestos Internos y la Circular Conjunta N°4, de la Tesorería General de la República, ambas del año 2012.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso41.pdf