Resolución Exenta N° 97 · OTROS · 14/08/2019

Contabilidad electrónica autorizada: contribuyentes pueden registrar sus libros solo digitalmente

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 97 del 14 de Agosto del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Ex. N° 97 autoriza a contribuyentes específicos a operar bajo el modelo de contabilidad electrónica, permitiéndoles registrar y almacenar sus libros contables exclusivamente en formato digital (XML) sin necesidad de mantener respaldo en papel. **¿A quién le importa esto?** Empresas y contribuyentes que han solicitado y obtenido autorización del SII para operar bajo el modelo de contabilidad electrónica, especialmente aquellas que buscan digitalizar completamente su registro contable y reducir la custodia física de documentos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué permite la autorización de contabilidad electrónica? → Llevar los libros contables exclusivamente en formato digital XML, sin obligación de mantener respaldo físico. - ¿Quiénes pueden acceder a este modelo operativo? → Solo contribuyentes expresamente autorizados por resolución exenta del SII, previo cumplimiento de requisitos técnicos. - ¿Cómo deben almacenarse los registros electrónicos? → En sistemas con almacenamiento certificado que garanticen integridad, trazabilidad y disponibilidad para fiscalización. - ¿Esta autorización es automática para todos los contribuyentes? → No, requiere solicitud previa y aprobación formal mediante resolución exenta del SII. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y no universal:** solo los contribuyentes expresamente nombrados en cada resolución exenta pueden operar bajo contabilidad electrónica, no es un régimen de adhesión automática. - **Formato XML obligatorio y estándares técnicos:** los registros deben cumplir especificaciones técnicas del SII en cuanto a estructura de datos, certificación digital y firma electrónica avanzada. - **Eliminación del respaldo físico pero mayor exigencia de disponibilidad:** si bien se elimina la obligación de imprimir y empastar libros, el contribuyente debe garantizar acceso inmediato y permanente para auditorías del SII. - **Riesgo de pérdida de autorización por incumplimiento:** el SII puede revocar la autorización si detecta fallas en la integridad, disponibilidad o formato de los registros electrónicos, volviendo obligatorio el sistema tradicional. **Ejemplo práctico:** Una empresa de logística es autorizada mediante Resolución Ex. N° 97 para llevar contabilidad electrónica. Durante el año registra 12.500 movimientos contables en formato XML certificado, almacenados en servidores con respaldo redundante. Cuando el SII solicita fiscalizar el libro diario de mayo, la empresa entrega el archivo XML firmado electrónicamente en 24 horas, sin necesidad de imprimir las 850 páginas que habría ocupado en papel. Si la empresa no puede entregar el archivo o presenta inconsistencias en la firma digital, el SII puede revocar la autorización y exigir libros físicos retroactivamente.

Resumen oficial SII

Autoriza a proceder conforme al modelo de operación de contabilidad electrónica a los contribuyentes que señala.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso97.pdf