Circular N° 11 · RENTA · 12/02/2020

Tablas de retención de marzo 2020: actualización mensual obligatoria para empleadores

Materia del circular

Circular N° 11 del 12 de Febrero del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 11 de febrero 2020 actualiza las tablas de Impuesto Único de Segunda Categoría aplicables a partir de marzo 2020, estableciendo los tramos y tasas de retención que empleadores y pagadores de rentas del trabajo deben aplicar mensualmente sobre sueldos, pensiones y honorarios acogidos a retención. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, pagadores de rentas del trabajo, departamentos de remuneraciones, contadores encargados de liquidaciones de sueldo, empresas que contratan servicios a honorarios con retención, y administradoras de fondos de pensiones que pagan rentas vitalicias o pensiones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las tablas actualizadas de retención? → Desde marzo de 2020, aplicables a todas las rentas del trabajo pagadas o puestas a disposición en dicho mes. - ¿Qué rentas están afectas al Impuesto Único de Segunda Categoría? → Sueldos, pensiones, honorarios acogidos a retención, y otras rentas del trabajo dependiente o asimiladas. - ¿Quién debe aplicar estas tablas de retención? → Empleadores, habilitados, pagadores de pensiones, y quienes contraten servicios a honorarios con retención obligatoria. - ¿Qué pasa si se aplican tablas de meses anteriores? → Se generan diferencias de retención que deben regularizarse, pudiendo derivar en multas por declaraciones incorrectas. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización mensual obligatoria:** las tablas de retención se publican mensualmente y deben aplicarse desde el primer día del mes indicado, sin posibilidad de usar tablas anteriores. - **Afecta a múltiples tipos de rentas:** no solo sueldos, sino también pensiones, montepíos, rentas vitalicias y honorarios con retención, cada uno con su tabla específica según la naturaleza de la renta. - **Responsabilidad del pagador:** el empleador o pagador actúa como agente retenedor obligatorio; cualquier error en la aplicación de tramos o tasas genera responsabilidad tributaria directa. - **Riesgo de subfacturación o sobrefacturación de retenciones:** aplicar tablas desactualizadas puede resultar en retenciones insuficientes (genera deuda del trabajador en abril) o excesivas (genera devoluciones innecesarias y reclamos). **Ejemplo práctico:** Una empresa paga en marzo 2020 un sueldo líquido imponible de 1.500.000 pesos mensuales a un trabajador sin cargas familiares. Según la tabla actualizada de marzo 2020, ese monto cae en el tramo correspondiente y genera una retención aproximada de 85.000 pesos. Si el contador aplica por error la tabla de febrero 2020, la retención puede diferir en varios miles de pesos, obligando a regularizar en declaraciones posteriores y exponiendo a multas por DJ rectificativas.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de marzo de 2020 e información adicional relacionada con dicho tributo

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu11.pdf