Circular N° 4 · OTROS · 10/01/2020

Tabla oficial de febrero 2020 para calcular reajustes, intereses y multas tributarias

Materia del circular

Circular N° 4 del 10 de Enero del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 4 de 2020 publica la tabla oficial con los factores de reajuste, interés penal y moratorio que deben aplicarse para actualizar obligaciones tributarias vencidas, declaraciones fuera de plazo y multas correspondientes al período de febrero 2020. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que deben regularizar impuestos atrasados, presentar declaraciones rectificatorias, pagar deudas tributarias o calcular multas e intereses sobre obligaciones vencidas durante o hasta febrero de 2020, así como asesores tributarios y contadores que calculan actualizaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información contiene esta circular? → Los factores oficiales de reajuste, intereses penales, intereses moratorios y bases de cálculo de multas para febrero 2020. - ¿Quiénes deben usar estos factores? → Todos los contribuyentes que calculen deudas vencidas, declaren impuestos atrasados o paguen multas en febrero 2020. - ¿Estos factores aplican a cualquier mes de pago? → No, son específicos para actualizaciones y pagos efectuados durante febrero 2020. - ¿Qué pasa si uso factores de otra tabla o mes? → El cálculo será incorrecto y puede generar diferencias que deriven en nueva deuda, multas o intereses adicionales. **Lo que debes tener claro:** - **Los factores son obligatorios y oficiales:** no pueden reemplazarse por estimaciones propias ni tablas de meses anteriores; el SII los publica mensualmente y su uso es vinculante para cualquier actualización. - **Aplica tanto a pagos voluntarios como fiscalizaciones:** los contribuyentes que regularicen espontáneamente y aquellos notificados de diferencias deben usar la misma tabla según la fecha de pago efectivo. - **Diferencia entre interés penal y moratorio:** el penal aplica a impuestos no declarados o declarados fuera de plazo, mientras el moratorio rige para impuestos declarados correctamente pero pagados con retraso. - **Errores en el cálculo generan nueva deuda:** usar factores incorrectos resulta en pagos insuficientes que activan nuevos intereses y reajustes desde la fecha del pago incorrecto hasta su regularización definitiva. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente debe pagar IVA de diciembre 2019 (vencido el 12 de enero 2020) pero lo hace recién el 20 de febrero 2020. El impuesto original es 1.500.000 de pesos. Debe aplicar: reajuste IPC desde enero hasta febrero según la tabla, más interés moratorio del 1,5% mensual por cada mes de atraso. Si el factor de reajuste publicado en la Circular N° 4 es 1,008 y el interés acumulado es 3%, el pago total será aproximadamente 1.500.000 × 1,008 × 1,03 = 1.557.360 pesos. Si usa factores de enero o estima manualmente, el cálculo será rechazado y generará nueva deuda por la diferencia.

Resumen oficial SII

Tabla de cálculos de reajustes, intereses y multas febrero 2020.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu4.pdf