Circular N° 51 · OTROS · 10/08/2020

Circular 51: valor UF oficial para créditos agosto-septiembre 2020

Materia del circular

Circular N° 51 del 10 de Agosto del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 51 establece el valor oficial de la Unidad de Fomento que deben utilizar las instituciones financieras y contribuyentes para operaciones de crédito de dinero durante el período del 10 de agosto al 9 de septiembre de 2020, asegurando uniformidad en el cálculo de intereses y capital. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, bancos, cooperativas de ahorro y crédito, empresas que otorgan financiamiento y contribuyentes que mantienen o contraen créditos denominados en UF durante el período agosto-septiembre 2020. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué valor de UF debe usarse en créditos durante este período? → El valor oficial publicado en esta circular para cada día entre el 10 de agosto y 9 de septiembre de 2020. - ¿Quiénes están obligados a aplicar estos valores? → Todas las instituciones que otorgan créditos de dinero y contribuyentes con operaciones en UF. - ¿Para qué operaciones específicas rige este valor? → Operaciones de crédito de dinero, cálculo de intereses, amortizaciones y cualquier obligación expresada en UF. - ¿Qué pasa si se usa un valor distinto al oficial? → La operación puede ser objetada por el SII y genera inconsistencias en declaraciones tributarias. **Lo que debes tener claro:** - **Vinculante para efectos tributarios:** el valor publicado es el único válido para declaraciones de impuestos, determinación de base imponible y cálculo de reajustes en operaciones con componente tributario. - **Aplica retroactivamente desde el 10 de agosto:** las operaciones iniciadas o renovadas desde esa fecha deben usar estos valores, no los publicados en circulares anteriores ni estimaciones. - **Afecta tanto a deudores como acreedores:** ambas partes deben registrar intereses, capital y reajustes usando el mismo valor oficial para evitar descalces en sus declaraciones. - **Riesgo de inconsistencia contable:** usar valores UF de fuentes no oficiales genera diferencias con las declaraciones de la contraparte y puede derivar en fiscalizaciones cruzadas. **Ejemplo práctico:** Un banco otorga un crédito hipotecario de 3.000 UF el 15 de agosto de 2020, con primera cuota al 15 de septiembre. Para calcular el monto en pesos del crédito desembolsado, el interés devengado y la cuota, debe usar el valor UF oficial del 15 de agosto publicado en esta Circular (no el del Banco Central ese día si difiere). Si el valor oficial es 28.500 pesos, el crédito equivale a 85.500.000 pesos, y cualquier declaración del banco o del deudor debe usar ese mismo valor de conversión para evitar observaciones del SII.

Resumen oficial SII

Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de agosto de 2020 y el 9 de septiembre de 2020, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu51.pdf