Circular N° 58 · OTROS · 10/09/2020

Circular 58/2020: valor UF fijo publicado para operaciones de crédito entre 10/09 y 09/10/2020

Materia del circular

Circular N° 58 del 10 de Septiembre del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII fija mediante Circular 58 el valor oficial de la Unidad de Fomento aplicable específicamente a operaciones de crédito de dinero durante el período comprendido entre el 10 de septiembre y el 9 de octubre de 2020, estableciendo un valor único obligatorio para todo ese mes. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas prestamistas, contribuyentes con créditos hipotecarios o comerciales expresados en UF, y contadores que registran operaciones crediticias pactadas o vigentes durante septiembre-octubre 2020. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período específico regula esta Circular? → Del 10 de septiembre al 9 de octubre de 2020, ambos días inclusive. - ¿A qué tipo de operaciones aplica este valor UF fijado? → Exclusivamente a operaciones de crédito de dinero pactadas o liquidadas en ese período. - ¿Pueden las partes usar un valor UF distinto al fijado? → No, el valor publicado por el SII es obligatorio para efectos tributarios. - ¿Qué pasa con créditos vigentes anteriores al 10/09/2020? → Deben aplicar este valor UF oficial para cuotas o intereses que se devenguen en el período indicado. **Lo que debes tener claro:** - **Valor único obligatorio para todo el mes:** no existe fluctuación diaria de la UF para operaciones de crédito en este período específico; todas deben usar el valor fijado por el SII en la Circular. - **Aplica tanto a nuevos créditos como a vigentes:** cualquier obligación crediticia que se pacte, devengue o liquide entre el 10 de septiembre y el 9 de octubre 2020 debe calcular montos con este valor oficial. - **Carácter excepcional de la publicación:** habitualmente el Banco Central publica valores UF diarios; esta Circular establece un régimen especial temporal para efectos tributarios en operaciones crediticias. - **Riesgo de registro contable erróneo:** sistemas automatizados que toman valores UF desde otras fuentes pueden generar diferencias tributarias si no ajustan al valor oficial del SII para este período. **Ejemplo práctico:** Un banco otorga un crédito hipotecario el 15 de septiembre de 2020 por 3.000 UF. Para registrar el monto del crédito, calcular la primera cuota del 10 de octubre, y determinar los intereses devengados en septiembre, debe usar exclusivamente el valor UF publicado en la Circular 58, independientemente de fluctuaciones que pudiera mostrar el Banco Central. Si el valor fijado es $28.500, el crédito se registra como $85.500.000, no con el valor UF del día específico de desembolso.

Resumen oficial SII

Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de septiembre de 2020 y el 9 de octubre de 2020, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu58.pdf