Circular N° 7 · PROCEDIMIENTO · 17/01/2020

Notarios y Conservadores deben usar F2890 en línea desde 2020

Materia del circular

Circular N° 7 del 17 de Enero del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 7 de 2020 actualiza el procedimiento de declaración de enajenación de bienes raíces (F2890), estableciendo que notarios y conservadores deben usar exclusivamente la aplicación en línea para informar las transferencias al SII, reemplazando el sistema de formularios físicos vigente desde 1998. **¿A quién le importa esto?** Notarios, Conservadores de Bienes Raíces, contribuyentes que venden propiedades y requieren inscripción en el Conservador, y profesionales tributarios que asesoran operaciones inmobiliarias sujetas a impuesto a las ganancias de capital o declaración patrimonial. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué formulario deben usar notarios y conservadores para informar ventas de inmuebles? → El F2890 exclusivamente en su versión en línea, no en papel. - ¿Qué circulares quedaron sin efecto con esta actualización? → Las Circulares 41/1998, 10/2004, 39/2007 y 57/2008 sobre el mismo procedimiento. - ¿Quiénes están obligados a usar la aplicación F2890 en línea? → Notarios y Conservadores de Bienes Raíces en todas sus actuaciones de compraventa. - ¿Desde cuándo rige la obligación de usar F2890 digital? → Desde el 17 de enero de 2020, fecha de publicación de la circular. **Lo que debes tener claro:** - **Digitalización obligatoria del traspaso inmobiliario:** elimina el uso de formularios físicos F2890, centralizando toda la información de transferencias en la plataforma en línea del SII. - **Responsabilidad de notarios y conservadores:** son ellos quienes deben ingresar los datos de cada enajenación al sistema, no el contribuyente vendedor directamente. - **Deroga 22 años de instrucciones previas:** reemplaza todo el marco procedimental desde 1998, por lo que referencias a circulares antiguas en manuales o procedimientos internos quedaron obsoletas. - **Impacto en fiscalización de ganancias de capital:** la información digital permite al SII cruzar automáticamente ventas con declaraciones de renta, aumentando la detección de omisiones en impuesto a las ganancias de capital del artículo 17 N° 8 LIR. **Ejemplo práctico:** Un notario de Santiago escritura la venta de un departamento en 120.000.000 de pesos en marzo de 2020. Antes de la circular, debía llenar el F2890 en papel y enviarlo físicamente al SII; desde enero 2020, debe ingresar los datos (identificación del vendedor, RUT, dirección del inmueble, monto, fecha) directamente en la aplicación F2890 en línea dentro de los plazos legales. Si el vendedor no declara esa ganancia de capital en abril 2021, el SII detectará automáticamente la inconsistencia al cruzar la información digital del conservador con la declaración de renta.

Resumen oficial SII

Actualiza instrucciones para la aplicación “F2890 EN LíNEA”, sobre declaración de enajenación e inscripción de bienes raíces y procedimiento de traspaso de información de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces al Servicio de Impuestos Internos. Deroga Circulares N°41, de 1998, N°10 de 2004, N°39 de 2007 y N°57 de 2008.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu7.pdf