Oficio N° 3048 · RENTA · 28/12/2020

Gastos de publicidad digital en redes sociales son deducibles

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Art. 2 N° 2 – Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 31 inciso 1 e inciso 4 N° 6 y art. 33 N° 1 letra e) – Código de Comercio, art. 3 N° 7

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los gastos pagados a plataformas digitales como Instagram y Facebook por publicidad son deducibles como gastos necesarios cuando están relacionados con el giro del negocio y están debidamente documentados, tributando con IVA cuando el servicio se presta en Chile. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes de primera categoría que contratan publicidad digital en redes sociales extranjeras, especialmente empresas que desarrollan estrategias de marketing digital y necesitan justificar estos desembolsos ante el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Son deducibles los gastos de publicidad en Instagram y Facebook? → Sí, si están vinculados al giro, son necesarios para producir la renta y están debidamente documentados. - ¿Qué documentación se requiere para respaldar estos gastos? → Comprobantes de pago, contratos, facturas o documentos equivalentes que acrediten la operación y su monto. - ¿Estos servicios digitales pagan IVA en Chile? → Sí, cuando el servicio se utiliza o explota en Chile, independiente de dónde esté el prestador. - ¿Qué criterio usa el SII para considerar el gasto como necesario? → Debe relacionarse directamente con el giro o actividad generadora de renta del contribuyente. **Lo que debes tener claro:** - **Respaldo documental es obligatorio:** sin comprobantes de pago, contratos o facturas que acrediten la operación, el SII puede rechazar la deducción aunque el gasto sea legítimo. - **Territorialidad del IVA aplica al uso en Chile:** aunque Instagram y Facebook sean plataformas extranjeras, si la publicidad se dirige a audiencia chilena o se explota en Chile, el servicio tributa IVA. - **Vinculación con el giro es requisito clave:** gastos en redes sociales para promocionar productos o servicios del negocio califican, pero pagos personales o no relacionados con la actividad comercial se rechazan. - **Naturaleza del acto comercial importa:** bajo el Código de Comercio artículo 3 N°7, las empresas de publicidad realizan actos mercantiles, lo que refuerza la calificación de estos gastos como ordinarios del negocio. **Ejemplo práctico:** Una tienda de ropa online invierte $2.500.000 mensuales en publicidad en Instagram para promocionar su nueva colección de verano. La empresa respalda el gasto con los estados de cuenta de la tarjeta corporativa, capturas de pantalla de las campañas activas y correos de Facebook Business confirmando los cargos. Este gasto es deducible porque está directamente vinculado al giro (venta de ropa), está documentado y genera ventas. Además, debe declarar IVA sobre estos $2.500.000 porque el servicio se utiliza en Chile para alcanzar clientes chilenos, aunque Facebook Ireland Ltd. emita la factura.

Resumen oficial SII

Solicita pronunciamiento sobre deducción de gastos que indica y su tributación en IVA.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=2e9d3b45-03c7-4fa8-8b75-053762f67d46&nombreDocumento=3048-28_12_2020.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf