Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 149 del 30 de Noviembre del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 149 de 2020 amplía hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo establecido en la Resolución Ex. N° 123 de 2019 para presentar declaraciones juradas de avalúos ante la Subdirección de Avaluaciones. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes propietarios de bienes raíces que debían presentar declaraciones juradas de avalúos bajo los plazos de la Resolución Ex. N° 123 de 2019, particularmente quienes no alcanzaron a cumplir el plazo original por efectos de la pandemia u otras contingencias. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración jurada de avalúos? → Hasta el 31 de marzo de 2021, según la ampliación otorgada. - ¿Qué resolución se está modificando con esta ampliación? → La Resolución Exenta SII N° 123 de 2019 que estableció el plazo original. - ¿Aplican sanciones por presentar entre el plazo original y marzo 2021? → No, la ampliación elimina sanciones por mora dentro del nuevo período. - ¿Ante qué unidad del SII se presenta esta declaración? → Ante la Subdirección de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos. **Lo que debes tener claro:** - **Ampliación excepcional de 3 meses:** el plazo se extiende desde el vencimiento original establecido en 2019 hasta el 31 de marzo de 2021, otorgando margen adicional para cumplimiento. - **Contexto de pandemia COVID-19:** esta prórroga se emite durante noviembre 2020, período de restricciones sanitarias, lo que sugiere que busca facilitar el cumplimiento en condiciones de contingencia. - **Evita multas y recargos por mora:** los contribuyentes que presenten dentro del nuevo plazo quedan exentos de las sanciones que aplicarían por incumplimiento del plazo original. - **Aplicación específica a avalúos:** no afecta otros plazos tributarios ni declaraciones distintas a las reguladas por la Resolución Ex. N° 123/2019 ante la Subdirección de Avaluaciones. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente propietario de un edificio comercial avaluado en 850.000.000 de pesos debía presentar su declaración jurada de avalúos según la Resolución Ex. N° 123/2019 con vencimiento en diciembre de 2020. Por restricciones de movilidad durante la pandemia no alcanzó a cumplir. Con la Resolución Ex. N° 149, obtiene hasta el 31 de marzo de 2021 para presentar la declaración sin incurrir en multas por mora ni intereses penales que habrían aplicado desde el vencimiento original.
Resumen oficial SII
Amplia plazo establecido por Resolución Ex. SII N° 123, de 2019.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso149.pdf