Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 175 del 31 de Diciembre del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 175 establece los valores fiscales de terrenos y construcciones para el proceso de reavalúo 2021, aplicable específicamente a bienes raíces no agrícolas ubicados en áreas urbanas que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros. **¿A quién le importa esto?** Propietarios y contribuyentes de bienes raíces no agrícolas ubicados en zonas urbanas, particularmente aquellos con sitios sin edificar, propiedades en estado de abandono o destinadas a pozos lastreros, que se verán afectados por la actualización de sus avalúos fiscales para efectos del impuesto territorial y otros tributos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué bienes raíces abarca esta resolución de reavalúo? → Sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros ubicados en áreas urbanas clasificados como no agrícolas. - ¿Desde cuándo rigen los nuevos valores fiscales? → Los valores fijados aplican para el reavalúo del año 2021 en adelante. - ¿Afecta esta resolución a propiedades agrícolas o rurales? → No, solo aplica a bienes raíces no agrícolas en áreas urbanas. - ¿Qué efectos tributarios tiene el nuevo avalúo fiscal? → Determina la base imponible del impuesto territorial y afecta cálculos de ganancias de capital y otros tributos. **Lo que debes tener claro:** - **Categorías específicas de inmuebles afectados:** la resolución no aplica a toda propiedad urbana, sino únicamente a sitios eriazos sin construcción, propiedades calificadas como abandonadas y terrenos destinados a pozos lastreros. - **Impacto directo en contribuciones de bienes raíces:** el reavalúo modifica la base imponible del impuesto territorial, pudiendo aumentar significativamente el monto anual a pagar desde 2021. - **Diferencia con propiedades edificadas:** las construcciones habitadas o en uso regular siguen avalúos distintos; esta resolución solo cubre terrenos sin edificación útil o con edificaciones abandonadas. - **Efectos en enajenaciones y expropiaciones:** el avalúo fiscal fijado sirve de referencia para calcular impuestos a las ganancias de capital y puede influir en indemnizaciones por expropiación de estos terrenos urbanos. **Ejemplo práctico:** Una empresa constructora posee un sitio eriazo de 2.000 m² en zona urbana de Concepción, sin edificación ni uso productivo, que mantenía avalúo fiscal de 80.000.000 de pesos desde 2017. Con el reavalúo 2021 establecido por esta resolución, el SII fija un nuevo valor de 145.000.000 de pesos. Como consecuencia, el impuesto territorial anual aumenta de aproximadamente 1.040.000 a 1.885.000 pesos (aplicando tasa efectiva promedio de 1,3%). Si la empresa vende el terreno en 2022 por 200.000.000 de pesos, el cálculo de ganancia de capital considerará el avalúo fiscal vigente de 145.000.000 como referencia mínima, no el antiguo de 80.000.000.
Resumen oficial SII
Fija valores de terrenos y construcciones para el reavalúo 2021, de los bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en las áreas urbanas.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso175.pdf