Resolución Exenta N° 68 · OTROS · 26/06/2020

Condonación de recargos legales por contribuciones bajo D.S. 420/2020

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 68 del 26 de Junio del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 68 de 2020 establece el procedimiento y requisitos para que contribuyentes con deudas de contribuciones de bienes raíces accedan a la condonación de recargos legales (intereses penales y multas) contemplada en el N° 10 del Decreto Supremo 420 de 2020 del Ministerio de Hacienda, dictado en el contexto de medidas económicas por la pandemia COVID-19. **¿A quién le importa esto?** Propietarios de bienes raíces con deudas de contribuciones (territoriales o de bienes raíces) pendientes de pago, que cumplan los requisitos establecidos en el D.S. 420/2020 y deseen acceder a la condonación de intereses penales y multas asociadas a dichas deudas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué deudas califican para la condonación de recargos? → Deudas de contribuciones de bienes raíces que cumplan los requisitos del D.S. 420/2020, específicamente su N° 10. - ¿Qué se condona exactamente con esta resolución? → Los recargos legales: intereses penales y multas asociadas a las contribuciones adeudadas, no el capital de la deuda. - ¿Cuál es el marco legal que habilita esta condonación? → El Decreto Supremo N° 420 de 2020 del Ministerio de Hacienda, dictado como medida económica COVID-19. - ¿Quién administra el procedimiento de condonación? → El SII mediante esta Resolución Exenta N° 68, que dicta las normas operativas específicas. **Lo que debes tener claro:** - **Solo condona recargos, no el capital:** la medida elimina intereses penales y multas, pero el contribuyente debe pagar el monto original de las contribuciones adeudadas para beneficiarse. - **Medida extraordinaria vinculada a COVID-19:** esta condonación se enmarca en el paquete de alivio económico del D.S. 420/2020, por lo que tiene requisitos y plazos específicos definidos en dicho decreto. - **Aplicación territorial específica:** la resolución emana de la Subdirección de Avaluaciones, indicando que se enfoca en contribuciones de bienes raíces bajo jurisdicción municipal y del SII. - **Procedimiento reglado por esta resolución:** aunque el D.S. 420 establece el beneficio, la Resolución Exenta N° 68 dicta las normas operativas concretas que los contribuyentes deben seguir para acceder a la condonación. **Ejemplo práctico:** Un propietario de una casa habitación tiene una deuda de contribuciones del segundo semestre 2019 por 180.000 pesos de capital, más 45.000 pesos en intereses penales y 18.000 pesos en multas acumuladas a junio 2020. Si cumple los requisitos del D.S. 420/2020 y solicita la condonación según los procedimientos de la Resolución Exenta N° 68, se le condonarían los 63.000 pesos de recargos, debiendo pagar solo los 180.000 pesos originales. Si no accede al beneficio, debe pagar el total de 243.000 pesos .

Resumen oficial SII

Dicta normas sobre condonación de recargos legales de deudas de contribuciones, conforme a lo previsto en el N° 10 del Decreto Supremo 420 de 2020 del Ministerio de Hacienda.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso68.pdf