Resolución Exenta N° 79 · OTROS · 14/07/2020

Designación de secretarios del tribunal de alzada de bienes raíces no afecta trámites vigentes

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 79 del 14 de Julio del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 79 designa secretario titular y suplente en el tribunal especial de alzada de bienes raíces de la primera serie con jurisdicción en Coyhaique, sin alterar los procedimientos de reclamo en curso ni los plazos procesales vigentes. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con reclamos de avalúos fiscales en tramitación ante el tribunal de alzada con jurisdicción en Coyhaique, abogados litigantes en materias de avalúos de bienes raíces, y propietarios que planean interponer recursos contra tasaciones de la primera serie en la región de Aysén. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué designa esta resolución exenta? → Secretario titular y suplente del tribunal especial de alzada de bienes raíces de la primera serie en Coyhaique. - ¿Afecta esta designación a reclamos ya presentados? → No, los procesos continúan sin alteración de plazos ni trámites con la nueva secretaría. - ¿Qué jurisdicción territorial abarca este tribunal? → El territorio correspondiente a la Corte de Apelaciones de Coyhaique (Región de Aysén). - ¿Cuándo entra en vigencia esta designación? → Desde el 14 de julio de 2020, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Continuidad procedimental garantizada:** los reclamos en curso no requieren reingreso ni ratificación ante la nueva secretaría, manteniendo su estado procesal vigente. - **Alcance territorial específico:** solo afecta a propiedades ubicadas en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, no a otros tribunales de alzada del país. - **Primera serie únicamente:** esta designación rige exclusivamente para avalúos de la primera serie (predios agrícolas), no para bienes raíces no agrícolas ni urbanos de otras series. - **Respaldo funcional con suplente:** la designación de secretario suplente asegura continuidad operativa en caso de impedimento del titular, evitando paralizaciones en plazos fatales de reclamo. **Ejemplo práctico:** Un agricultor de Coyhaique presentó el 10 de junio de 2020 un reclamo contra el avalúo fiscal de su predio agrícola de 850 hectáreas, tasado en 420.000.000 de pesos. El proceso se encontraba en etapa de prueba cuando se publicó la Resolución N° 79 el 14 de julio de 2020. El reclamo continúa su tramitación normal ante el tribunal de alzada sin necesidad de nuevas notificaciones ni reinicio de plazos, siendo gestionado por la secretaría recién designada desde esa fecha en adelante.

Resumen oficial SII

Designa secretario titular y suplente en el tribunal especial de alzada de los bienes raíces de la primera serie, con jurisdicción en el territorio de la ilustrísima corte de apelaciones de Coyhaique.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso79.pdf