Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 96 del 25 de Agosto del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 96 aprueba un convenio entre el SII y SERNAC que permite el intercambio de información protegida por secreto tributario y de consumo para fines de fiscalización, sin requerir autorización del contribuyente ni del consumidor afectado. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes bajo fiscalización del SII que también sean objeto de reclamos o procedimientos ante SERNAC, especialmente empresas de retail, servicios financieros, telecomunicaciones y proveedores de servicios masivos que manejan datos sensibles de consumidores y operaciones tributarias simultáneamente. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede el SII entregar información tributaria protegida al SERNAC? → Sí, bajo el convenio aprobado pueden intercambiar datos cubiertos por secreto legal para fiscalización. - ¿Necesita el contribuyente autorizar el intercambio de su información? → No, el convenio opera sin consentimiento previo del contribuyente ni del consumidor. - ¿Qué tipo de información se comparte entre ambos servicios? → Datos tributarios del SII y antecedentes de reclamos, denuncias y procedimientos del SERNAC. - ¿Desde cuándo rige este intercambio de información? → Desde el 25 de agosto de 2020, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 96. **Lo que debes tener claro:** - **El secreto tributario no impide el intercambio:** aunque la información esté protegida por el artículo 35 del Código Tributario, el convenio autoriza expresamente su entrega al SERNAC para fines de fiscalización y cumplimiento de funciones legales. - **Funciona en ambos sentidos:** no solo el SII entrega datos al SERNAC, sino que este último también comparte antecedentes de consumo que pueden revelar inconsistencias tributarias o incumplimientos del contribuyente. - **Riesgo de fiscalización cruzada:** un reclamo de consumo aparentemente menor puede detonar una revisión tributaria si el SERNAC comparte información sobre ventas no declaradas, facturación irregular o prácticas comerciales que revelen evasión. - **Sin notificación al contribuyente:** el convenio no contempla informar al afectado sobre el intercambio, por lo que el contribuyente puede desconocer que datos de un procedimiento en SERNAC están siendo usados en una fiscalización del SII. **Ejemplo práctico:** Una cadena de retail recibe un reclamo masivo en SERNAC por cobros indebidos en tarjetas de crédito propias durante 2019. SERNAC solicita al SII información sobre las ventas declaradas por la empresa en ese período para verificar si los montos reclamados coinciden con los ingresos tributarios. El SII entrega los datos sin notificar a la empresa. Al cruzar ambas bases, SERNAC detecta que la empresa registró 120 millones en ventas con tarjeta propia, pero los reclamos suman 35 millones no reembolsados ni declarados como ingresos diferidos. El SII usa esta información para iniciar una fiscalización por eventual evasión de IVA y renta sobre esos 35 millones.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio Nacional del Consumidor y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso96.pdf