Circular N° 51 · RENTA · 10/09/2021

Tablas de retención de sueldos de octubre 2021 actualizadas por inflación mensual

Materia del circular

Circular N° 51 del 10 de Septiembre del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 51 establece las tablas de Impuesto Único de Segunda Categoría aplicables a las rentas del mes de octubre de 2021, actualizadas según la variación del IPC entre agosto 2020 y julio 2021, modificando los tramos de retención mensual para empleadores. **¿A quién le importa esto?** Empleadores que contratan trabajadores dependientes, departamentos de remuneraciones, contadores que calculan retenciones mensuales de impuesto único, y trabajadores con rentas variables que necesitan proyectar su carga tributaria mensual. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención? → Desde las rentas pagadas o puestas a disposición durante el mes de octubre de 2021. - ¿Qué factor de actualización se aplicó a los tramos? → La variación del IPC entre agosto 2020 y julio 2021, según lo establece el artículo 52 de la Ley de Renta. - ¿Quiénes deben aplicar estas tablas? → Todos los empleadores que paguen rentas afectas a Impuesto Único de Segunda Categoría, incluyendo haberes del sector público y privado. - ¿Qué pasa si un empleador usa la tabla del mes anterior? → Incurre en retención incorrecta, generando diferencias que deberán regularizarse en la declaración anual o mediante reliquidación. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización automática mensual obligatoria:** los empleadores deben actualizar sus sistemas de remuneraciones cada mes que el SII publique nuevas tablas, sin esperar notificación individual ni solicitud del trabajador. - **Impacto directo en liquidez del trabajador:** aunque la carga tributaria anual no cambia, la retención mensual incorrecta afecta el flujo de caja del empleado y puede generar saldos a favor o en contra en abril del año siguiente. - **Responsabilidad del empleador por retención defectuosa:** si retiene menos de lo debido por usar tabla desactualizada, el empleador responde solidariamente ante el SII por la diferencia no retenida. - **No aplica retroactivamente:** la tabla de octubre 2021 rige solo para rentas de ese mes; rentas de meses anteriores ya pagadas no se reliquidan automáticamente, salvo error material del empleador. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga el 05 de octubre de 2021 un sueldo bruto de 1.800.000 pesos a un trabajador. Si aplica la tabla de septiembre 2021, podría retener 198.450 pesos; pero con la tabla actualizada de octubre 2021, debe retener 201.320 pesos (valores referenciales). La diferencia de 2.870 pesos, aunque pequeña, se multiplica por cientos de trabajadores y genera un pasivo tributario para la empresa si no actualiza sus sistemas. En caso de fiscalización: el SII puede cobrar intereses y multas sobre el total no retenido, más exigir al empleador enterar la diferencia aunque ya no pueda descontarla del trabajador.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de octubre de 2021 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2021/circu51.pdf