Materia del oficio
Art. 14 letras A y D N° 3– Ley 21.210, Artículo Vigésimo Quinto Transitorio – Circular N° 43 de 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para pagar el impuesto sustitutivo del artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley 21.210 sobre el fondo de utilidades tributarias (FUT), se debe usar el tipo de cambio del día en que se efectúa el pago, no el del cierre del ejercicio ni el de la declaración. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes del régimen general 14 A que optan por sustituir el FUT mediante el impuesto único del artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley 21.210, especialmente aquellos con registros en moneda extranjera o que mantienen utilidades acumuladas en dólares. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tipo de cambio se usa para pagar el impuesto sustitutivo del FUT? → El tipo de cambio vigente el día del pago efectivo del impuesto. - ¿Se puede usar el tipo de cambio del cierre del ejercicio? → No, debe usarse el tipo de cambio del momento del pago, no del cierre contable. - ¿A qué impuesto se refiere este criterio? → Al impuesto sustitutivo del artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley 21.210 sobre FUT. - ¿Qué pasa si el FUT está registrado en dólares? → Se convierte a pesos usando el tipo de cambio del día de pago del impuesto. **Lo que debes tener claro:** - **Momento de conversión es crítico:** el tipo de cambio aplicable no es el del término del ejercicio, sino el del día efectivo de pago, lo que puede generar diferencias significativas en períodos de volatilidad cambiaria. - **Aplica específicamente al régimen transitorio de modernización tributaria:** este criterio rige para el impuesto sustitutivo que permite convertir el FUT histórico bajo las reglas de la Ley 21.210. - **Riesgo de errores comunes:** muchos contribuyentes asumen que deben usar el tipo de cambio del 31 de diciembre para efectos de declaración, pero eso solo vale para registros, no para el pago en pesos del impuesto. - **Impacto en planificación financiera:** empresas con utilidades en dólares deben considerar que postergar o adelantar el pago puede cambiar materialmente el monto en pesos a enterar según la fluctuación del tipo de cambio. **Ejemplo práctico:** Una empresa del régimen 14 A tiene un FUT acumulado equivalente a USD 100.000 y opta por el impuesto sustitutivo del artículo vigésimo quinto transitorio. Al cierre del ejercicio 2020 el tipo de cambio era $710 por dólar, pero paga el impuesto el 30 de abril de 2021 cuando el tipo de cambio es $730. Debe convertir los USD 100.000 a pesos usando $730, resultando en una base imponible de $73.000.000 para calcular el impuesto, no los $71.000.000 que resultarían del tipo de cambio de cierre.
Resumen oficial SII
Tipo de cambio a utilizar para el pago del impuesto sustitutivo al fondo de utilidades tributarias.