Materia del oficio
Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Ley sobre Impuesto a las – Art. 8, letra n), N° 3, Art. 12, letra E), N° 7 – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 14, letra F), Art. 59 – Circular N° 42, de 2020.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Los servicios de evaluaciones gamificadas prestados desde el extranjero mediante plataforma online están exentos de IVA en Chile por ser servicios de la letra E) N° 7 del artículo 12, sin obligación de retención ni pago para el usuario local. **¿A quién le importa esto?** Empresas chilenas que contratan servicios digitales de evaluación de personal, RRHH o capacitación desde plataformas extranjeras, especialmente aquellas con metodologías gamificadas o test online para selección y desarrollo de talento. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Las evaluaciones gamificadas desde el extranjero pagan IVA en Chile? → No, están exentas por el artículo 12 letra E) N° 7 del DL 825. - ¿Debe la empresa chilena retener IVA al proveedor extranjero? → No, no existe obligación de retención ni pago de IVA para el usuario. - ¿La renta del proveedor extranjero paga impuestos en Chile? → No, por aplicación del artículo 59 de la LIR: servicio prestado y utilizado íntegramente en el extranjero. - ¿Qué sucede si el servicio incluyera soporte presencial en Chile? → Si hay prestación física en territorio nacional, pierde la exención y queda afecto a IVA. **Lo que debes tener claro:** - **La exención requiere prestación 100% remota:** el servicio debe ejecutarse íntegramente desde el extranjero mediante plataforma digital, sin intervención física en Chile del proveedor ni sus dependientes. - **Aplica a servicios intangibles de evaluación, no a bienes:** la exención cubre metodologías gamificadas, test online, análisis de competencias y similares; no aplica si incluye entrega de software licenciado o bienes corporales. - **Doble exención: IVA y renta:** además de no pagar IVA, la renta del proveedor extranjero queda fuera del alcance territorial del impuesto a la renta chileno según artículo 59 LIR, evitando retenciones adicionales. - **Riesgo si hay customización presencial:** si el contrato incluye visitas de consultores extranjeros a Chile para adaptar las evaluaciones, esa porción del servicio pierde la exención y genera hecho gravado con IVA tasa general 19%. **Ejemplo práctico:** Una empresa minera chilena contrata a una plataforma estadounidense de evaluaciones gamificadas para seleccionar ingenieros, pagando 15.000 USD anuales. Todo el servicio se presta online: los candidatos acceden a juegos de lógica y simulaciones desde sus computadores, los algoritmos procesan datos en servidores en EE.UU., y los reportes se descargan vía web. La minera no retiene ni paga IVA sobre los 15.000 USD por aplicar la exención del artículo 12 E) N° 7. Si en cambio la plataforma enviara un consultor a Chile por dos semanas para calibrar las evaluaciones presencialmente, esa porción del servicio (por ejemplo 3.000 USD) sí pagaría IVA 19% al constituir prestación en territorio nacional, mientras los 12.000 USD restantes mantendrían la exención.
Resumen oficial SII
Tributación de un servicio de evaluaciones “gamificadas” prestado por una empresa extranjera.