Oficio N° 2568 · OTROS · 27/09/2021

Dos terrenos contiguos del mismo dueño pagan sobretasa como si fueran uno solo

Materia del oficio

Ley sobre Impuesto Territorial – Ley N° 17.235 – Art. 8 – Circular N° 31, de 2019 - Resolución Ex. N° 123, de 2019.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Cuando un mismo propietario posee dos o más terrenos no agrícolas contiguos, el SII suma sus avalúos fiscales para calcular la sobretasa del artículo 8° de la Ley 17.235, aplicando la tasa progresiva sobre el monto total como si fuera una única propiedad. **¿A quién le importa esto?** Propietarios de dos o más terrenos no agrícolas colindantes, inversores inmobiliarios que mantienen múltiples sitios eriazos o subdivisiones formales de un mismo paño, y contribuyentes que buscan fraccionar propiedades para reducir carga tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cómo se calcula la sobretasa cuando tengo dos terrenos contiguos? → Se suman los avalúos fiscales de ambos y la tasa se aplica sobre el total agregado. - ¿Qué pasa si los terrenos están a nombre de distintos RUT pero del mismo dueño final? → Igual se agregan los avalúos si el titular efectivo es el mismo propietario natural o jurídico. - ¿La sobretasa aplica solo si los terrenos están físicamente unidos? → No, basta que sean contiguos catastralmente aunque tengan distintos roles o estén separados por un deslindes. - ¿Puedo evitar la sobretasa vendiendo uno de los terrenos a un familiar? → Solo si la venta es real y el familiar pasa a ser propietario independiente; simulaciones no evitan la agregación. **Lo que debes tener claro:** - **La contigüidad catastral manda sobre la división física:** aunque los terrenos tengan roles separados o cercos divisorios, si colindan en el catastro municipal el SII los agrega para calcular la sobretasa. - **La sobretasa es progresiva y el salto puede ser abrupto:** pasar de dos terrenos bajo el umbral a uno agregado sobre el límite puede duplicar o triplicar la tasa efectiva, no solo sumar linealmente los impuestos. - **Subdivisiones formales no evitan la agregación:** fraccionar escrituralmente un paño grande en lotes contiguos del mismo dueño no reduce la sobretasa; el SII los trata como unidad económica. - **Riesgo en sucesiones y comunidades:** si herederos mantienen dos sitios contiguos en comunidad sin dividir la propiedad, cada comunero tributa sobre su cuota del avalúo total agregado, no sobre su porción individual de cada terreno. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente posee dos sitios eriazos contiguos en zona urbana: el primero con avalúo fiscal de 18.000.000 de pesos y el segundo con 22.000.000 de pesos. Aunque cada terreno por separado quedaría bajo el tramo de sobretasa más baja, el SII suma ambos avalúos (40.000.000 total) y aplica la tasa progresiva correspondiente a ese monto agregado. Si vende uno de los terrenos a su cónyuge pero mantiene el control económico conjunto (régimen de sociedad conyugal sin separación de bienes), el SII puede seguir agregando los avalúos para efectos de la sobretasa.

Resumen oficial SII

Sobretasa del artículo 8° de la Ley N° 17.235, en el caso de dos bienes raíces no agrícolas contiguos y de un mismo propietario.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=c92a7e2a-b415-48c3-b7ed-c259f5b2df3e&nombreDocumento=Ord+2568+174489.2021GE+PARA+PUBLICAR.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf