Materia del oficio
Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 letra A) y letra D) y art. 34 N° 2 – Ley N° 21.354, art. 6
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Los bonos establecidos en la Ley 21.354 (bonos COVID para trabajadores) se reconocen como gasto tributario en el Registro de Rentas Afectas e Incremento de Capital Propio Tributario (REAI), sin que deban registrarse como retiro en el Registro de Rentas Exentas e Ingresos no Renta (REX) ni afecten el Capital Propio Tributario (CPT), permitiendo su deducción completa como gasto del ejercicio. **¿A quién le importa esto?** Empresas contribuyentes de primera categoría que pagaron bonos a trabajadores bajo la Ley 21.354 (bonos COVID) y deben determinar su tratamiento en los registros de rentas empresariales del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, particularmente aquellas bajo régimen Pro Pyme General o régimen general del artículo 14 letra A). **Lo que resolvió el SII:** - ¿En qué registro se reconocen los bonos de la Ley 21.354? → En el REAI (Registro de Rentas Afectas e Incremento de CPT) como gasto tributario deducible. - ¿Deben registrarse estos bonos en el REX como retiro? → No, no se registran como retiro en el Registro de Rentas Exentas e Ingresos no Renta. - ¿Afectan estos bonos el Capital Propio Tributario (CPT)? → No, su pago no disminuye ni modifica el CPT de la empresa. - ¿Qué artículos de la LIR fundamentan este tratamiento? → Artículo 14 letra A) y letra D), y artículo 34 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. **Lo que debes tener claro:** - **Deducción como gasto ordinario del ejercicio:** los bonos se reconocen íntegramente como gasto necesario para producir la renta en el año comercial de su pago, reduciendo la base imponible de primera categoría. - **No constituyen retiro de utilidades:** a diferencia de otras gratificaciones o bonos discrecionales, estos bonos legales no se tratan como distribución de rentas exentas ni generan consecuencias en el REX para efectos de tributación de socios o accionistas. - **Preservación del Capital Propio Tributario:** el pago de estos bonos no reduce el CPT de la empresa, manteniendo intacta la base patrimonial tributaria para efectos de aplicación de regímenes y determinación de incrementos. - **Aplicable a regímenes Pro Pyme y general 14 A):** este tratamiento opera tanto para empresas acogidas al régimen Pro Pyme General (14 letra D) como al régimen general semi integrado (14 letra A), aunque el REAI es específico de este último y Pro Pyme usa registros simplificados equivalentes. **Ejemplo práctico:** Una empresa del régimen general 14 A) pagó bonos COVID por 10.000.000 de pesos a sus trabajadores durante 2021 conforme a la Ley 21.354. Al determinar su renta líquida imponible, deduce íntegramente los 10.000.000 como gasto necesario en su balance tributario, registrándolos en el REAI como gasto que reduce las rentas afectas del ejercicio. Este mismo monto no se anota en el REX como retiro, y el CPT de la empresa (supongamos 50.000.000) permanece en 50.000.000, sin reducción por el pago de estos bonos, a diferencia de lo que ocurriría con un retiro o dividendo.
Resumen oficial SII
Forma de reconocer los bonos establecidos en la Ley N° 21.354, en los registros de rentas empresariales que señala la Ley sobre Impuesto a la Renta