Oficio N° 3110 · PROCEDIMIENTO · 03/11/2021

Donaciones en el extranjero pagan impuesto en Chile según residencia

Materia del oficio

Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones – Ley N° 16.271 – Art. 1 – Código Civil, Art. 1386 – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 10, Art. 58, N°3 – Código Tributario, Art. 4 bis, 4 ter, Art. 4 quáter - Oficios N° 1209 de 2017 y N° 3924 de 2000.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las donaciones celebradas en el extranjero están afectas al impuesto a las donaciones en Chile cuando el donatario es residente chileno, independiente de dónde se encuentren los bienes donados, aplicando el principio de renta mundial establecido en el artículo 3 de la Ley 16.271. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales residentes en Chile que reciben donaciones desde el extranjero, así como no residentes que reciben donaciones de bienes situados en Chile o que generen rentas de fuente chilena. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuándo una donación extranjera paga impuesto en Chile? → Cuando el donatario es residente chileno, sin importar dónde estén los bienes. - ¿Qué pasa si el donatario no es residente en Chile? → Solo paga impuesto si los bienes están en Chile o generan rentas chilenas. - ¿Qué determina la residencia para efectos del impuesto? → Los artículos 4 bis, 4 ter y 4 quáter del Código Tributario sobre domicilio y residencia. - ¿Cómo se calcula la base imponible de donaciones extranjeras? → Según el valor de mercado al momento de la donación, convertido a pesos chilenos. **Lo que debes tener claro:** - **Principio de renta mundial aplica a residentes:** si el donatario tiene residencia o domicilio en Chile, debe declarar y pagar impuesto por donaciones recibidas en cualquier país del mundo, incluso si los bienes permanecen en el extranjero. - **No residentes solo tributan por bienes chilenos:** las personas sin domicilio ni residencia en Chile únicamente están afectas cuando la donación recae sobre bienes situados en Chile o que produzcan rentas de fuente chilena. - **La ubicación del donante es irrelevante:** no importa si quien dona es chileno o extranjero, ni dónde reside; lo determinante es la residencia del donatario y la ubicación de los bienes donados. - **Riesgo de doble tributación internacional:** si el país donde se celebró la donación también cobra impuesto, el contribuyente debe evaluar si existe convenio para evitar doble imposición o solicitar crédito tributario, ya que Chile no reconoce automáticamente impuestos pagados en el extranjero para este tributo. **Ejemplo práctico:** Un chileno residente en Santiago recibe en donación de su padre alemán un departamento en Berlín valorado en EUR 300.000 (equivalente a 270.000.000 de pesos al tipo de cambio vigente). Consecuencia: debe declarar esta donación en Chile y pagar el impuesto correspondiente según la tabla del artículo 58 de la Ley 16.271, aunque el bien nunca ingrese a territorio chileno. Si el donatario fuera un alemán sin residencia en Chile que recibe el mismo departamento, no pagaría impuesto en Chile porque el bien está en Alemania.

Resumen oficial SII

Tratamiento tributario de una donación celebrada en el extranjero.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=1c59107a-2ffc-4e47-9bdd-9feef7935e6c&nombreDocumento=ORD+3110+GE170276+PARA+PUBLICAR.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf