Oficio N° 3602 · PROCEDIMIENTO · 21/12/2021

Residencia tributaria se adquiere al tercer año calendario completo en Chile

Materia del oficio

Código Tributario – Nuevo Texto – Art. 8, N°8 – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 59, inciso 4°, N°2 - Oficio N° 2757 del 2009.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Una persona natural domiciliada en Alemania que ingresa a Chile adquiere la condición de residente tributario chileno recién al inicio del cuarto año calendario completo de permanencia en el país, debiendo tributar por renta mundial solo desde ese momento. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales extranjeras que establecen residencia en Chile, empresas que contratan ejecutivos o profesionales del exterior, asesores tributarios que evalúan obligaciones fiscales de expatriados, y contribuyentes que necesitan determinar su status tributario según permanencia en territorio chileno. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuándo una persona extranjera se considera residente tributario en Chile? → Al completar tres años calendarios completos de permanencia en Chile, siendo residente desde el inicio del cuarto año. - ¿Cómo se cuentan los años para determinar residencia tributaria? → Se cuentan años calendarios completos (enero a diciembre), no años corridos desde el ingreso. - ¿Qué pasa si la persona sale temporalmente de Chile durante esos tres años? → Las ausencias temporales no interrumpen el cómputo si mantiene su permanencia habitual en Chile. - ¿Desde cuándo tributa por renta mundial el nuevo residente? → Desde el primer día del cuarto año calendario completo de permanencia en Chile. **Lo que debes tener claro:** - **El cómputo es por años calendarios completos, no corridos:** una persona que ingresa en julio de 2018 debe contar 2019, 2020 y 2021 como los tres años completos, siendo residente recién desde enero de 2022. - **Diferencia entre permanencia y domicilio:** la persona puede estar domiciliada en otro país según derecho civil, pero adquiere residencia tributaria chilena por el solo hecho de permanecer tres años calendarios en territorio nacional. - **Implicancia en tributación de renta mundial:** durante los tres primeros años la persona tributa solo por rentas de fuente chilena; al convertirse en residente debe declarar y pagar impuestos por todas sus rentas mundiales. - **Ausencias temporales no rompen la secuencia:** viajes de negocios, vacaciones o salidas breves no reinician el conteo si la persona mantiene su centro de vida e intereses en Chile de manera habitual y permanente. **Ejemplo práctico:** Un ejecutivo alemán ingresa a Chile el 15 de julio de 2018 con contrato de trabajo por tiempo indefinido. Los años calendarios completos son: 2019 (primero), 2020 (segundo) y 2021 (tercero). Durante 2018, 2019, 2020 y 2021 tributa solo por sus rentas chilenas (sueldo local). A partir del 1 de enero de 2022 adquiere condición de residente tributario y debe declarar en su renta de abril 2023 tanto su sueldo chileno como sus dividendos alemanes, arriendos en Europa y cualquier otra renta mundial, aplicando créditos por impuestos pagados en el exterior según corresponda.

Resumen oficial SII

Residencia por parte de una persona natural domiciliada en Alemania que ingresa a Chile.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=d3afd443-a5d3-4503-9b1c-957891e3d1d7&nombreDocumento=3602-2021+para+publicar.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf