Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 08 del 27 de Enero del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 08 de 2021 aprueba un convenio formal de intercambio de información entre CONAF y el SII, permitiendo que ambas instituciones compartan datos de contribuyentes con actividad forestal para fiscalización tributaria y control de subsidios forestales, sin necesidad de solicitud caso a caso. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con actividad forestal (personas naturales, empresas, pequeños propietarios forestales), beneficiarios de subsidios de forestación bajo el DL 701, y profesionales que tramitan permisos de corta, plantación o incentivos ante CONAF. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir CONAF con el SII? → Datos de beneficiarios de subsidios forestales, propietarios de predios forestales, permisos de corta y plantación, y antecedentes de planes de manejo. - ¿Necesita CONAF autorización del contribuyente para compartir estos datos? → No, el convenio habilita el intercambio automático sin consentimiento previo del afectado. - ¿Para qué puede usar el SII la información recibida de CONAF? → Para fiscalizar declaraciones de renta, validar deducciones forestales, detectar omisiones de ingresos por venta de madera y cruzar con registros tributarios. - ¿Desde cuándo está vigente este intercambio de información? → Desde el 27 de enero de 2021, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 08. **Lo que debes tener claro:** - **Intercambio bilateral y permanente:** no se trata de solicitudes puntuales sino de un flujo sistemático de información entre ambas instituciones, incluyendo bases de datos completas de beneficiarios y propietarios forestales. - **Afecta también a subsidios DL 701:** quienes reciben bonificaciones forestales del Estado quedan automáticamente expuestos a que el SII valide si esos montos fueron declarados correctamente como ingreso o si cumplieron requisitos tributarios. - **Riesgo de inconsistencias históricas:** contribuyentes que en años anteriores no declararon ingresos por venta de madera, cortas no autorizadas o subsidios percibidos pueden enfrentar fiscalizaciones retroactivas con la nueva información cruzada. - **No hay recurso de oposición al intercambio:** el convenio se basa en facultades legales de ambas instituciones (artículo 8° bis del Código Tributario para el SII), por lo que el contribuyente no puede negarse a que sus datos sean compartidos. **Ejemplo práctico:** Un pequeño propietario forestal recibió en 2019 un subsidio de forestación de 3.500.000 pesos bajo el DL 701 y en 2020 realizó una corta autorizada de pino radiata que le generó ingresos por 8.200.000 pesos. En su declaración de renta 2020, solo declaró 4.000.000 de ingresos por actividad forestal y no incluyó el subsidio. Con el convenio vigente desde enero 2021, CONAF entrega al SII los registros completos de subsidios pagados y permisos de corta otorgados. El SII cruza esta información con la declaración del contribuyente, detecta la diferencia de 7.700.000 pesos no declarados y emite una citación por diferencias de impuestos, intereses y multas aplicables a la omisión de ingresos.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Corporación Nacional Forestal y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso8.pdf