Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 15 del 15 de Febrero del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII debe poner a disposición de los contribuyentes acogidos al artículo 14 letra D) N°3 y N°8 de la Ley de la Renta la información tributaria que necesitan anualmente, estableciendo la forma y formato digital de entrega de estos datos. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes acogidos al régimen Pro Pyme General (14 D N°3) y Pro Pyme Transparente (14 D N°8), contadores que preparan declaraciones de renta para estas empresas, y asesores que necesitan acceder a información tributaria histórica proporcionada por el servicio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿A qué contribuyentes aplica esta obligación del SII? → A los acogidos al artículo 14 letra D) N°3 (Pro Pyme General) y N°8 (Pro Pyme Transparente). - ¿Qué tipo de información debe entregar el SII? → Datos tributarios anuales necesarios para el cumplimiento de obligaciones en estos regímenes. - ¿En qué formato se entrega la información? → En formato digital, a través de los sistemas electrónicos habilitados por el servicio. - ¿Cuándo se pone a disposición esta información? → Anualmente, en los plazos que el SII determine para el proceso de declaración de renta. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación del SII de proveer información:** el servicio no solo fiscaliza sino que debe entregar activamente datos tributarios a estos contribuyentes, invirtiendo la carga de recopilación en ciertos casos. - **Específico para regímenes Pro Pyme:** esta obligación aplica exclusivamente a los números 3 y 8 del artículo 14 D), no a otros regímenes de tributación simplificada ni al régimen general 14 A). - **Formato digital obligatorio:** la información se entrega mediante plataformas electrónicas del SII, no por correspondencia física ni solicitud presencial, requiriendo acceso a sistemas digitales. - **Datos clave para cumplimiento tributario:** la información proporcionada es esencial para calcular correctamente la base imponible y declarar renta, por lo que su ausencia o error puede afectar declaraciones. **Ejemplo práctico:** Una empresa acogida al régimen Pro Pyme General (14 D N°3) con ingresos anuales de 85.000.000 de pesos necesita preparar su declaración de renta de abril 2021. El SII pone a su disposición en marzo, mediante su plataforma web con clave tributaria, un archivo digital con sus retenciones, pagos provisionales mensuales, créditos aplicables y saldos de períodos anteriores. El contador descarga esta información directamente desde el sitio del SII sin necesidad de solicitarla por oficio ni reconstruirla manualmente desde formularios mensuales.
Resumen oficial SII
Establece la forma en que este servicio pondrá a disposición la información que debe proporcionar a los contribuyentes acogidos al artículo 14 letra d) N°3 y N°8, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso15.pdf