Resolución Exenta N° 54 · OTROS · 01/06/2021

Prórroga automática para DJ de cuentas financieras con residentes en el extranjero

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 54 del 01 de Junio del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII amplía mediante resolución exenta el plazo para que las instituciones financieras presenten la declaración jurada anual sobre cuentas financieras de personas con residencia tributaria en el extranjero, modificando la fecha límite de presentación. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras chilenas obligadas a informar al SII sobre cuentas de titulares con residencia tributaria en el extranjero, incluyendo bancos, corredoras de bolsa, administradoras de fondos y compañías de seguros que operan bajo el estándar CRS (Common Reporting Standard). **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué declaración jurada tiene plazo ampliado? → La declaración anual sobre cuentas financieras de personas con residencia tributaria en el extranjero. - ¿Quiénes se benefician de esta prórroga? → Las instituciones financieras obligadas a informar bajo el estándar CRS de intercambio automático de información. - ¿Es necesario solicitar individualmente la prórroga? → No, la ampliación opera automáticamente para todas las instituciones obligadas. - ¿Qué período de información se ve afectado por esta prórroga? → La declaración anual correspondiente al año tributario en que opera la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Prórroga de alcance general:** todas las entidades obligadas quedan automáticamente cubiertas sin necesidad de tramitar solicitudes individuales ante el SII. - **Mantiene vigente la obligación sustantiva:** la ampliación del plazo no exime ni modifica el deber de informar, solo posterga la fecha de cumplimiento sin sanciones. - **Aplicable exclusivamente a declaración CRS:** no afecta otros plazos de declaraciones juradas ni obligaciones tributarias distintas al reporte de cuentas financieras bajo intercambio internacional. - **Riesgo de confusión con otras DJ:** instituciones con múltiples obligaciones de reporte deben distinguir que esta prórroga opera únicamente para la DJ de residencia tributaria extranjera, no para declaraciones de rentas capitales mobiliarias u otras. **Ejemplo práctico:** Un banco chileno administra 2.847 cuentas de inversión cuyos titulares declararon residencia tributaria en Estados Unidos, España y Canadá durante 2020. Originalmente debía presentar la DJ anual antes del 30 de junio de 2021, detallando saldos por USD 127 millones. Con la Resolución Exenta N° 54, obtiene automáticamente un plazo adicional hasta una nueva fecha establecida por el SII, permitiéndole completar la validación de datos sin multas por presentación extemporánea, aunque mantiene intacta su obligación de informar todos los datos requeridos.

Resumen oficial SII

Amplía el plazo para presentar la declaración jurada anual sobre cuentas financieras relacionadas con personas con residencia tributaria en el extranjero.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso54.pdf