Resolución Exenta N° 68 · PROCEDIMIENTO · 30/06/2021

Bono MYPE Ley 21.354: se solicita por plataforma SII con formulario y documentos obligatorios

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 68 del 30 de Junio del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N°68 habilita la plataforma digital del SII para solicitar el bono de alivio a MIPYMEs establecido en la Ley 21.354, fijando los requisitos documentales, procedimiento de solicitud y mecanismo de reclamación administrativa contra resoluciones denegatorias. **¿A quién le importa esto?** Micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMEs) que cumplen requisitos de la Ley 21.354 y necesitan solicitar el bono de alivio tributario mediante la plataforma digital del SII, así como aquellas que requieren reclamar resoluciones que rechazan o modifican su solicitud. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Dónde se solicita el bono MYPE de la Ley 21.354? → Exclusivamente en la plataforma digital habilitada por el SII mediante formulario electrónico. - ¿Qué documentos se deben adjuntar a la solicitud? → Los requisitos y antecedentes establecidos en la Resolución, según tipo de contribuyente y situación tributaria. - ¿Se puede reclamar si rechazan la solicitud? → Sí, existe procedimiento de reclamación administrativa regulado en esta resolución. - ¿Cuál es el plazo para reclamar una resolución denegatoria? → El que establece la Resolución según el procedimiento de reclamación instruido. **Lo que debes tener claro:** - **Solicitud obligatoriamente digital:** no existe trámite presencial ni en papel; toda gestión del bono debe realizarse a través de la plataforma habilitada por el SII. - **Requisitos documentales variables según contribuyente:** la resolución establece distintos antecedentes según si la MIPYME es persona natural, jurídica, o se encuentra en situaciones tributarias especiales. - **Derecho a reclamar resoluciones desfavorables:** las empresas pueden impugnar administrativamente ante el SII tanto rechazos totales como modificaciones al monto solicitado del bono. - **Resolución operativa complementaria a la ley:** esta RE N°68 no crea el beneficio (que está en Ley 21.354) sino que regula exclusivamente el procedimiento administrativo para materializarlo. **Ejemplo práctico:** Una pequeña empresa comercial con ventas anuales de 85.000.000 de pesos solicita el bono MYPE mediante la plataforma SII, adjuntando certificado de deudas tributarias, declaración de ventas del año anterior y formulario 29 de los últimos 12 meses. El SII resuelve otorgar solo el 60% del monto solicitado: la empresa tiene derecho a reclamar mediante el procedimiento establecido en esta resolución, presentando antecedentes adicionales que justifiquen el monto original dentro del plazo fijado.

Resumen oficial SII

Habilita plataforma, instruye sobre requisitos, fija procedimiento para solicitar y reclamar del bono de alivio a mypes establecido en la Ley N°21.354 de fecha 17.06.2021.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso68.pdf