Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 71 del 01 de Julio del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII autoriza mediante resolución exenta que empresas emitan boletas electrónicas de prestación de servicios de terceros, permitiendo documentar operaciones donde la empresa factura servicios ejecutados por personas naturales o jurídicas externas. **¿A quién le importa esto?** Empresas que intermedian o contratan servicios de terceros para sus clientes finales, particularmente compañías de venta directa, plataformas de servicios, empresas de outsourcing y cualquier entidad que necesite documentar tributariamente prestaciones ejecutadas por personas distintas al emisor de la boleta. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden las empresas emitir boletas electrónicas por servicios de terceros? → Sí, pero requieren autorización expresa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué tipo de documento tributario se autoriza emitir? → Boletas de prestación de servicios de terceros en formato electrónico. - ¿El permiso es automático o requiere trámite? → Requiere solicitud y aprobación formal del SII mediante resolución exenta individual. - ¿Qué empresas pueden solicitar esta autorización? → Cualquier empresa que opere como intermediaria o contratante de servicios ejecutados por terceros para clientes finales. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización caso por caso:** el SII no otorga este permiso de forma automática sino mediante resolución exenta específica para cada empresa solicitante, evaluando su modelo operacional. - **Diferencia con facturación normal:** esta boleta documenta servicios donde el prestador efectivo es un tercero distinto al emisor del documento, situación que requiere control tributario especial. - **Aplicación típica en venta directa y plataformas:** el modelo es común en empresas multinivel, plataformas digitales de servicios y estructuras donde consultoras o agentes independientes prestan servicios a nombre de la empresa matriz. - **Riesgo de emisión sin autorización:** emitir boletas de servicios de terceros sin la resolución exenta correspondiente constituye una irregularidad documental que puede generar multas y rechazo de costos o gastos. **Ejemplo práctico:** Natura Cosméticos opera con 5.000 consultoras independientes que prestan servicios de asesoría de belleza a clientes finales. Cuando una clienta paga 50.000 pesos por una consultoría personalizada, Natura emite la boleta electrónica aunque el servicio lo prestó la consultora externa. Con la Resolución Exenta N° 71, Natura puede documentar legalmente estas operaciones: sin esta autorización, cada consultora debería emitir su propia boleta, generando inviabilidad operativa en un modelo de 5.000 prestadores independientes.
Resumen oficial SII
Autoriza a Natura Cosméticos S.A para emitir boletas de prestación de servicios de terceros electrónicas en la forma que se indica.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso71.pdf