Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 77 del 06 de Julio del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Ex. N°77 complementa la N°68/2021 estableciendo el procedimiento completo, requisitos de elegibilidad y sistema de reclamación para que micro y pequeñas empresas accedan al bono de alivio establecido en la Ley 21.354. **¿A quién le importa esto?** Micro y pequeñas empresas afectadas por la pandemia COVID-19 que cumplan los requisitos de la Ley 21.354, particularmente aquellas que necesitan claridad sobre cómo solicitar el bono, qué documentación presentar y cómo reclamar en caso de rechazo. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Dónde se solicita el bono de alivio MYPE? → En la plataforma digital habilitada por el SII según Resolución Ex. N°68/2021. - ¿Qué establece esta Resolución N°77 respecto a la N°68? → La complementa fijando requisitos específicos de elegibilidad y procedimiento de reclamación. - ¿Qué empresas pueden acceder al bono? → Micro y pequeñas empresas que cumplan los requisitos de la Ley 21.354 del 17.06.2021. - ¿Existe procedimiento de reclamación si rechazan la solicitud? → Sí, la resolución instruye sobre el procedimiento para reclamar del rechazo. **Lo que debes tener claro:** - **Sistema de dos resoluciones complementarias:** la N°68 habilitó la plataforma tecnológica y la N°77 completa el marco operativo con requisitos y procedimientos, ambas son necesarias para operar el beneficio. - **Requisitos de elegibilidad definidos por ley base:** aunque la resolución establece el procedimiento, los criterios sustantivos de quién califica están en la Ley 21.354, no en la discreción del SII. - **Derecho a reclamar garantizado:** las empresas rechazadas tienen un procedimiento formal de reclamación, evitando que decisiones administrativas sean definitivas sin revisión. - **Contexto COVID-19 temporal:** este bono es una medida extraordinaria de alivio pandémico con ventana de aplicación limitada, no un beneficio permanente para MYPES. **Ejemplo práctico:** Una microempresa de eventos con ventas anuales de 28.000.000 de pesos que cumple todos los requisitos de la Ley 21.354 ingresa su solicitud en la plataforma SII habilitada por Resolución N°68. El sistema valida automáticamente su información tributaria y aprueba el bono. Si hubiera sido rechazada por error en la verificación de algún requisito, puede presentar reclamación siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución N°77, aportando respaldos de sus ventas y categorización como microempresa para obtener revisión del rechazo inicial.
Resumen oficial SII
Complementa resolución Ex. SII N° 68 de 2021, que habilita plataforma, instruye sobre requisitos, fija procedimiento para solicitar y reclamar del bono de alivio a mypes establecido en la Ley N°21.354 de fecha 17.06.2021.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso77.pdf