Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 80 del 09 de Julio del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 80 aprueba un convenio de intercambio de información entre el Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN) y el SII, permitiendo el cruce de datos de contribuyentes relacionados con actividades agrícolas, forestales, hídricas y mineras para fiscalización y estudios tributarios. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que desarrollan actividades agrícolas, forestales, mineras o relacionadas con recursos hídricos, cuyos datos técnicos y catastrales están en registros de CIREN y pueden ser cruzados con información tributaria del SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir CIREN con el SII? → Datos catastrales agrícolas, forestales, hídricos y mineros de contribuyentes individualizados. - ¿Desde cuándo está vigente este intercambio de información? → Desde el 9 de julio de 2021, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 80. - ¿Puede el SII usar estos datos para fiscalizar? → Sí, expresamente para fiscalización tributaria y estudios de cumplimiento. - ¿Los contribuyentes son notificados de este cruce? → No, el convenio opera administrativamente sin notificación previa individual. **Lo que debes tener claro:** - **Ampliación del universo fiscalizable:** el SII puede contrastar declaraciones de renta con superficies, rendimientos y recursos declarados ante CIREN, detectando subdeclaraciones o inconsistencias sin necesidad de fiscalización en terreno. - **Sectores prioritarios afectados:** agricultura, silvicultura, minería y derechos de aprovechamiento de aguas son los principales rubros cuyos datos técnicos quedan expuestos al cruce automático. - **Base legal del intercambio:** se sustenta en las facultades de fiscalización del artículo 60 del Código Tributario y en convenios interinstitucionales autorizados por la Ley Orgánica del SII. - **Riesgo de inconsistencias históricas:** contribuyentes con diferencias entre catastros antiguos de CIREN y declaraciones tributarias pueden enfrentar requerimientos de información o citaciones, incluso por períodos ya prescritos en términos catastrales pero no tributarios. **Ejemplo práctico:** Un agricultor declara renta presunta por 50 hectáreas de frutales en su F22, pero el catastro frutícola de CIREN registra 73 hectáreas a su nombre en la misma comuna. El SII cruza ambas bases de datos y emite una citación solicitando aclarar la diferencia de 23 hectáreas no declaradas, con potencial reliquidación de impuestos por los últimos tres años no prescritos, más intereses y multas si no se justifica técnicamente la discrepancia mediante mensura actualizada o rectificación catastral.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Centro de Información de Recursos Naturales y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso80.pdf