Resolución Exenta N° 88 · OTROS · 27/07/2021

SII e INFOR pueden cruzar datos para fiscalizar sector forestal

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 88 del 27 de Julio del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 88 aprueba un convenio de intercambio de información entre el Instituto Forestal (INFOR) y el SII, permitiendo que ambas instituciones compartan datos para mejorar la fiscalización tributaria del sector forestal y el cumplimiento de obligaciones legales. **¿A quién le importa esto?** Empresas forestales, productores de madera, viveros, exportadores de productos forestales, y cualquier contribuyente que realice actividades económicas relacionadas con el sector forestal que pueda estar en registros de INFOR. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir INFOR con el SII? → Datos de contribuyentes del sector forestal que consten en sus registros institucionales, catastros y bases de datos. - ¿El SII puede usar esta información para fiscalizar? → Sí, puede cruzar datos de INFOR con declaraciones tributarias para detectar inconsistencias o subdeclaraciones. - ¿Qué información entrega el SII a INFOR? → Datos tributarios de contribuyentes del sector forestal que sean relevantes para las funciones legales de INFOR. - ¿Es obligatorio para ambas instituciones respetar la reserva? → Sí, ambas instituciones deben mantener la confidencialidad según las normas legales aplicables. **Lo que debes tener claro:** - **Fiscalización cruzada automática:** el SII puede detectar diferencias entre la actividad forestal reportada a INFOR (superficies plantadas, volúmenes extraídos) y los ingresos declarados en formularios tributarios. - **Alcance amplio del sector forestal:** incluye no solo grandes empresas madereras sino también pequeños productores, viveros, comercializadores de productos forestales y exportadores que aparezcan en catastros de INFOR. - **Reciprocidad institucional:** INFOR también recibe información tributaria del SII, lo que puede afectar el acceso a subsidios, programas de fomento o certificaciones que requieran acreditar situación tributaria regular. - **Riesgo de inconsistencias involuntarias:** contribuyentes que informan datos a INFOR con fines técnicos o para acceder a beneficios sectoriales pueden generar alertas fiscales si esos datos no coinciden con sus declaraciones de renta o IVA. **Ejemplo práctico:** Una empresa forestal declara al SII ingresos anuales por venta de madera de 180.000.000 de pesos. Sin embargo, en el catastro de INFOR consta que cosechó 2.500 metros cúbicos de pino radiata. Al cruzar los datos, el SII detecta que el precio promedio declarado es 40% inferior al valor de mercado certificado por INFOR para esa especie y zona geográfica, generando una citación para explicar la diferencia. Caso contrario: un pequeño productor que informó a INFOR superficies plantadas para acceder a un subsidio de forestación olvidó declarar ingresos por venta de raleos, quedando expuesto a revisión al cruzarse las bases de datos.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Instituto Forestal y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso88.pdf