Circular N° 10 · RENTA · 09/03/2022

Tablas impuesto único Segunda Categoría abril 2022 publicadas

Materia del circular

Circular N° 10 del 09 de Marzo del 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 10 de marzo 2022 establece las tablas de retención del Impuesto Único de Segunda Categoría aplicables a rentas de abril 2022, actualizando tramos y tasas para trabajadores dependientes y pensionados. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, pagadores de pensiones, departamentos de remuneraciones y contadores que calculan retenciones mensuales de impuesto único sobre sueldos, pensiones y otras rentas del trabajo dependiente a partir de abril 2022. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención? → Desde las rentas pagadas o devengadas en abril de 2022 en adelante. - ¿A quiénes se aplica el Impuesto Único de Segunda Categoría? → A trabajadores dependientes con contrato, pensionados y otros perceptores de rentas del trabajo. - ¿Qué actualizan estas tablas respecto al mes anterior? → Los tramos de renta imponible y las tasas marginales de retención mensual. - ¿Dónde consultan los empleadores los tramos vigentes? → En la Circular N° 10 publicada por el SII en marzo 2022. **Lo que debes tener claro:** - **Las tablas se actualizan mensualmente:** cada año el SII publica circulares con los tramos y tasas vigentes para cada mes, reflejando reajustes por inflación y cambios normativos. - **Aplica solo a rentas del trabajo dependiente:** sueldos, pensiones, gratificaciones y otras rentas de segunda categoría; no afecta a honorarios ni rentas empresariales. - **Obligación del empleador o pagador:** son los responsables de aplicar correctamente la tabla vigente al momento del pago o devengo, incluso si publican la circular con retraso. - **Riesgo de retención incorrecta:** usar tablas de meses anteriores genera diferencias en la declaración anual del trabajador y posibles multas por errores de retención para el empleador. **Ejemplo práctico:** Un trabajador con sueldo bruto de 1.500.000 pesos en abril 2022 debe ser retenido según la tabla de esa circular: si su renta líquida imponible cae en el tramo entre 1.200.000 y 1.800.000, se aplica la tasa marginal correspondiente publicada en la Circular N° 10. Si el empleador usa por error la tabla de marzo, la retención será incorrecta y el trabajador enfrentará diferencias en su declaración anual de renta.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de abril de 2022 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu10.pdf