Materia del oficio
Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones – Ley N° 16.271- Art. 18, N°2, Art. 24, Art. 46, letra a), Art. 52 - Circulares N° 19 de 2004 y N° 33 de 2021.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** En el impuesto a las donaciones, el sujeto pasivo es siempre el donatario (quien recibe), no el donante (quien da), y cada beneficiario tributa individualmente por el monto recibido según su tramo progresivo, sin consolidar las donaciones realizadas por el donante. **¿A quién le importa esto?** Donantes que entregan bienes o dinero a múltiples beneficiarios, donatarios que reciben liberalidades, contadores que liquidan impuesto a las donaciones, y asesores patrimoniales que estructuran transferencias gratuitas entre personas naturales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quién paga el impuesto cuando se realiza una donación? → El donatario (quien recibe la donación), nunca el donante. - ¿Se consolidan las donaciones cuando un donante entrega a varios beneficiarios? → No, cada donatario tributa por separado según el monto que recibió. - ¿Cómo se determina el tramo aplicable en donaciones? → Según la escala progresiva del artículo 46 letra a), aplicada individualmente a cada donatario. - ¿Puede el donante ser responsable del impuesto? → No, salvo que asuma voluntariamente el pago por cuenta del donatario mediante pacto expreso. **Lo que debes tener claro:** - **El sujeto pasivo es siempre el donatario:** el artículo 18 N°2 de la Ley 16.271 establece que el impuesto grava al beneficiario de la liberalidad, no a quien la otorga, diferenciándose de otros tributos donde el contribuyente es quien transfiere. - **Cada donatario tributa por su monto individual:** si una persona dona 50 millones a cada uno de tres hijos, cada hijo tributa por 50 millones según su tramo, no por 150 millones consolidados, lo que puede generar tasas efectivas menores. - **La escala es progresiva por acumulación anual:** el donatario debe sumar todas las donaciones recibidas en el año calendario, de cualquier donante, para determinar su base imponible y tramo aplicable conforme al artículo 46 letra a). - **Riesgo de confusión con donaciones empresariales:** este régimen aplica solo a donaciones entre personas naturales; las donaciones de empresas tienen tratamiento distinto en Impuesto a la Renta y no se rigen por la Ley 16.271. **Ejemplo práctico:** Un padre dona en marzo de 2024 la suma de 80.000.000 de pesos a su hija Carolina y 60.000.000 de pesos a su hijo Andrés. Carolina tributa individualmente por 80 millones según la escala del artículo 46 letra a), pagando aproximadamente 13,6% sobre el excedente de su tramo exento. Andrés tributa por 60 millones, pagando un impuesto menor al estar en un tramo inferior. El padre no paga impuesto alguno. Si Carolina hubiera recibido además 30 millones de su abuela en el mismo año, debería declarar 110 millones acumulados para determinar su tramo progresivo total.
Resumen oficial SII
Sujeto pasivo y determinación del impuesto a las donaciones.