Oficio N° 1612 · RENTA · 17/05/2022

Asignación de mejoramiento de gestión municipal: exenta de impuesto a la renta

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 2 Nº 1 – Ley Nº 19.803, Arts. 1 y 11

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La asignación de mejoramiento de la gestión municipal establecida en la Ley N° 19.803 constituye una bonificación del Estado que, conforme al artículo 2 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, no forma parte de la renta imponible y está exenta de tributación. **¿A quién le importa esto?** Funcionarios municipales de planta y a contrata que perciben la asignación de mejoramiento de gestión municipal, empleadores municipales encargados de la retención de impuestos, y asesores que procesan remuneraciones del sector público municipal. **Lo que resolvió el SII:** - ¿La asignación de mejoramiento de gestión municipal paga impuesto a la renta? → No, está expresamente excluida de la base imponible por ser una bonificación estatal. - ¿Qué norma establece esta exclusión tributaria? → El artículo 2 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que excluye las bonificaciones del Estado. - ¿A quiénes beneficia esta asignación según la Ley 19.803? → A funcionarios de planta y a contrata de las municipalidades, según los artículos 1 y 11 de dicha ley. - ¿Debe informarse esta asignación en certificados de renta? → Debe informarse como renta exenta, sin incluirse en la base de cálculo del impuesto único de segunda categoría. **Lo que debes tener claro:** - **Naturaleza jurídica determinante:** la asignación califica como bonificación del Estado y no como remuneración ordinaria, lo que activa la exclusión del artículo 2 N° 1 de la LIR. - **No procede retención de impuesto único:** los empleadores municipales no deben efectuar retención alguna sobre estos montos al calcular el impuesto de segunda categoría. - **Diferencia con otras asignaciones municipales:** mientras otras bonificaciones pueden ser imponibles según su naturaleza contractual o legal, esta específicamente queda fuera por su carácter de incentivo estatal a la gestión. - **Implicancia en declaraciones anuales:** los contribuyentes no deben considerar estos montos al calcular su renta neta global, evitando así tributación en tramos superiores por rentas que legalmente no constituyen renta. **Ejemplo práctico:** Un funcionario municipal a contrata recibe mensualmente un sueldo base de 800.000 pesos más una asignación de mejoramiento de gestión municipal de 150.000 pesos según la Ley 19.803. Al calcular el impuesto único de segunda categoría, la municipalidad retiene solo sobre los 800.000 pesos de sueldo base: los 150.000 de asignación se informan como renta exenta y no se suman a la base imponible. En su declaración anual, el funcionario tampoco incluye esos 150.000 mensuales (1.800.000 anuales) en su renta neta global.

Resumen oficial SII

Asignación de mejoramiento de la gestión municipal contemplada en la Ley N° 19.803.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=432e9105-f61d-4454-a846-e4a5a5d2ad4c&nombreDocumento=1612-17_05_2022.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf