Materia del oficio
Convenio entre la Republica de Chile y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio – art. 4 – Ley sobre Impuesto a la Renta – art. 103 – Código Tributario – art. 8 N° 8
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para acreditar la pérdida de domicilio o residencia en Chile, el contribuyente debe comunicar su cambio de domicilio al SII mediante el formulario electrónico 3239, sin necesidad de presentar certificado de residencia fiscal del país de destino. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales y jurídicas que dejan de tener domicilio o residencia en Chile, especialmente aquellas que se trasladan a países con convenio de doble tributación como España y necesitan acreditar su cambio de situación tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué trámite se debe hacer al perder domicilio en Chile? → Comunicar el cambio de domicilio al SII mediante el formulario electrónico 3239. - ¿Se necesita certificado de residencia fiscal del país destino? → No, basta con informar el cambio de domicilio; el certificado solo se usa para aplicar convenios tributarios. - ¿Qué información debe contener la comunicación al SII? → El nuevo domicilio en el extranjero y la fecha desde la cual opera el cambio. - ¿Cuándo se aplica el convenio Chile-España? → Cuando el contribuyente necesita acreditar residencia fiscal española para evitar doble tributación sobre rentas específicas. **Lo que debes tener claro:** - **Dos figuras distintas con consecuencias diferentes:** perder domicilio en Chile (trámite administrativo simple) no es lo mismo que acreditar residencia fiscal en otro país para efectos del convenio (requiere certificado). - **El certificado de residencia fiscal es opcional:** solo se exige cuando el contribuyente quiere aplicar beneficios del convenio de doble tributación, no como requisito para informar el cambio de domicilio. - **Formulario 3239 es el mecanismo oficial:** este formulario electrónico del SII es suficiente para cumplir con la obligación del artículo 8 N°8 del Código Tributario sobre comunicación de cambio de domicilio. - **Riesgo de confundir trámites:** muchos contribuyentes creen que necesitan certificado extranjero para dejar de ser residentes chilenos, cuando en realidad solo lo requieren si invocan el convenio para rentas específicas. **Ejemplo práctico:** Un ingeniero chileno se traslada a España en julio de 2022 para trabajar de forma permanente. Para cumplir con sus obligaciones tributarias en Chile, ingresa al sitio del SII y completa el formulario 3239 indicando su nueva dirección en Madrid y la fecha de cambio (15 de julio). Con esto, queda registrado que perdió su domicilio chileno. Dos años después: si recibe dividendos de una empresa chilena y quiere aplicar la tasa reducida del convenio Chile-España (en lugar de la tasa general del 35%), entonces sí deberá obtener un certificado de residencia fiscal emitido por la Agencia Tributaria española y presentarlo al pagador de los dividendos.
Resumen oficial SII
Trámite que corresponde efectuar en caso de pérdida de domicilio y residencia.