Materia del oficio
Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Ley N° 21.210, Arts. Vigésimo Primero Transitorio, Vigésimo Segundo Transitorio y Vigésimo Segundo Bis Transitorio – Oficio N° 273 de 2010
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para efectos de depreciación acelerada según los artículos transitorios de la Ley 21.210, un activo fijo se considera nuevo cuando no ha tenido uso efectivo anterior, independientemente de si estuvo instalado o montado previamente por el vendedor. **¿A quién le importa esto?** Empresas que adquieren activos fijos bajo regímenes de depreciación acelerada de las leyes 20.780 y 21.210, especialmente aquellas que compran equipos, maquinaria o instalaciones que pudieron estar montadas en instalaciones del vendedor para demostración, pruebas o exhibición. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué define que un activo fijo sea 'nuevo' para depreciación acelerada? → Que no haya tenido uso efectivo previo, aunque haya estado instalado o montado antes. - ¿Pierden el carácter de nuevos los activos instalados para demostración? → No, si solo estuvieron montados sin uso productivo, siguen siendo nuevos. - ¿A qué regímenes de depreciación acelerada aplica este criterio? → A los artículos vigésimo primero, vigésimo segundo y vigésimo segundo bis transitorios de la Ley 21.210. - ¿Importa si el activo estuvo armado en las instalaciones del proveedor? → No, lo relevante es que no se haya usado productivamente, no su estado de montaje. **Lo que debes tener claro:** - **El uso efectivo es el criterio determinante:** un activo que estuvo instalado, armado o exhibido pero nunca operó en procesos productivos mantiene su carácter de nuevo para efectos tributarios. - **Ampara activos de demostración y showroom:** equipos, maquinaria o instalaciones que los vendedores mantienen montadas para mostrar a clientes califican como nuevos si no se usaron comercialmente. - **Carga de la prueba recae en el contribuyente:** quien invoca depreciación acelerada debe acreditar que el activo no tuvo uso productivo anterior, mediante documentación del vendedor, certificaciones o condiciones físicas. - **Riesgo con activos reacondicionados o de piso:** si un activo estuvo en uso demostrativo intenso o fue parte de inventario usado del vendedor, el SII podría cuestionar su carácter de nuevo basándose en evidencia de desgaste o explotación comercial previa. **Ejemplo práctico:** Una empresa agrícola compra un tractor valorado en 85.000.000 de pesos que estuvo montado y exhibido durante seis meses en la sala de ventas del concesionario, con motor encendido ocasionalmente para demostraciones a clientes pero sin uso en faenas productivas. Aunque el tractor estuvo instalado y funcionó brevemente, califica como activo fijo nuevo para depreciación acelerada bajo el artículo vigésimo primero transitorio, porque no tuvo uso efectivo previo. En contraste, si el mismo tractor hubiera sido usado por el concesionario en trabajos de preparación de terrenos durante tres meses antes de la venta, perdería el carácter de nuevo y no aplicaría el beneficio.
Resumen oficial SII
Definición de activo fijo nuevo para efectos de depreciación.