Materia del oficio
Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 ter letra C) (vigente hasta el 31.12.19) – Ley N° 21.210, art. vigésimo quinto trans.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para determinar la renta líquida imponible reinvertida en el régimen Pro Pyme del artículo 14 ter letra C (vigente hasta 2019), procede rebajar del fondo de utilidades tributables los retiros efectuados con cargo a rentas que pagaron impuesto sustitutivo, ajustando así la base de cálculo del beneficio de reinversión. **¿A quién le importa esto?** Empresas que se acogieron al régimen Pro Pyme del artículo 14 ter letra C (vigente hasta el 31 de diciembre de 2019) y que efectuaron retiros con cargo a rentas gravadas con impuesto sustitutivo, necesitando determinar correctamente su renta líquida imponible reinvertida bajo el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley 21.210. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Se pueden descontar del FUT los retiros con impuesto sustitutivo para calcular reinversión? → Sí, estos retiros se restan del FUT al determinar la renta líquida imponible reinvertida. - ¿A qué régimen tributario aplica esta regla? → Al artículo 14 ter letra C vigente hasta el 31 de diciembre de 2019, bajo normativa transitoria de la Ley 21.210. - ¿Qué tipo de retiros califican para esta rebaja? → Retiros efectuados con cargo a rentas que ya tributaron con impuesto sustitutivo. - ¿Afecta esto el cálculo del beneficio de reinversión? → Sí, ajusta la base para determinar cuánta renta se consideró efectivamente reinvertida en la empresa. **Lo que debes tener claro:** - **Coherencia con la naturaleza del impuesto sustitutivo:** al haber tributado ya estas rentas bajo un régimen especial, es consistente que su retiro no penalice el cálculo de reinversión efectiva en la empresa. - **Aplica solo bajo régimen transitorio de Ley 21.210:** esta mecánica rige específicamente para empresas que operaban bajo 14 ter letra C hasta 2019 y que deben regularizar su situación bajo normas transitorias. - **Diferencia con retiros de utilidades tributables normales:** mientras los retiros comunes reducen directamente el FUT disponible, estos retiros con impuesto sustitutivo tienen un tratamiento especial al calcular reinversión. - **Riesgo de error en declaraciones antiguas:** empresas que no ajustaron correctamente estos retiros en años anteriores podrían haber declarado una reinversión menor a la real, perdiendo beneficios tributarios aplicables. **Ejemplo práctico:** Una empresa Pro Pyme acogida al artículo 14 ter letra C hasta 2019 tiene un FUT de 100.000.000 de pesos al cierre de 2019. Durante ese año efectuó retiros por 25.000.000 de pesos con cargo a rentas que pagaron impuesto sustitutivo del 10%. Al calcular su renta líquida imponible reinvertida para acogerse al régimen transitorio de la Ley 21.210, la empresa puede restar esos 25.000.000 del FUT, resultando en una base ajustada de 75.000.000 para determinar qué proporción reinvirtió efectivamente. Sin aplicar esta rebaja, habría calculado reinversión sobre 100.000.000, distorsionando el beneficio tributario al que accede.
Resumen oficial SII
Procedencia de rebajar los retiros con cargo a rentas gravadas con impuesto sustitutivo al fondo de utilidades tributables para determinar la renta líquida imponible reinvertida.