Oficio N° 53 · IVA · 05/01/2022

IVA sobre margen en venta de autos usados

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Art. 2, Art. 8 letra m), Art. 12 letra A N° 1 – Ley Sobre Impuesto a la Renta – Art. 14 letra D) – Decreto Supremo N° 55 de 1977 – Art. 64.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las concesionarias de vehículos que comercializan autos usados adquiridos de particulares solo pagan IVA sobre el margen de reventa (diferencia entre precio de compra y venta), no sobre el precio total, según lo establecido en el Art. 64 del DS N°55 de 1977. **¿A quién le importa esto?** Concesionarias de vehículos motorizados, compraventas de autos, empresas que comercializan vehículos usados adquiridos de particulares no contribuyentes de IVA, y contadores que asesoran a este sector. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Sobre qué monto se calcula el IVA en ventas de autos usados? → Sobre el margen de reventa: diferencia entre precio de venta y precio de compra al particular. - ¿Qué ocurre si la concesionaria compra el auto usado a otra empresa con IVA? → En ese caso tributa sobre el precio total de venta, porque la compra ya incluyó IVA recuperable como crédito fiscal. - ¿Qué normativa establece este tratamiento especial? → El artículo 64 del Decreto Supremo N°55 de 1977, Reglamento del IVA. - ¿Este criterio aplica también a motos, camionetas y vehículos comerciales usados? → Sí, aplica a todos los vehículos motorizados usados adquiridos de particulares por vendedores habituales. **Lo que debes tener claro:** - **Solo aplica cuando el vendedor anterior es un particular:** si la concesionaria compra el usado a otra empresa contribuyente, la operación ya pagó IVA y no califica para tributación sobre margen. - **El margen debe ser positivo:** si la concesionaria vende el vehículo a menor precio del que pagó, técnicamente no hay hecho gravado con IVA por ausencia de margen positivo, aunque debe documentarse adecuadamente la pérdida. - **Diferencia clave con vehículos nuevos:** en autos nuevos el IVA siempre se aplica sobre el precio total de venta, mientras que en usados comprados a particulares solo sobre la utilidad de intermediación. - **Riesgo de fiscalización en documentación:** el SII puede cuestionar el precio de compra declarado si no está respaldado con contratos, tasaciones o comprobantes fehacientes, reclasificando la base imponible al precio total. **Ejemplo práctico:** Una concesionaria compra un vehículo usado a un particular en 8.000.000 de pesos y lo revende en 10.500.000 de pesos . El IVA (19%) se aplica solo sobre el margen de 2.500.000 de pesos , generando un débito fiscal de 475.000 pesos , no sobre los 10.500.000 totales. Si en cambio hubiera comprado ese mismo auto a otra concesionaria que le facturó con IVA, tributaría sobre los 10.500.000 completos, recuperando como crédito el IVA de la compra.

Resumen oficial SII

IVA en la venta de vehículos usados.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=bb781e04-aaea-4001-9724-07dca52ad93e&nombreDocumento=0053-2022.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf