Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 03 del 11 de Enero del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Se aprueba un addendum al convenio entre SII y Ministerio de Desarrollo Social que permite compartir información tributaria para mejorar la focalización de beneficios sociales, manteniendo el secreto tributario dentro del marco legal establecido. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que postulan a programas sociales del Estado (subsidios, pensiones, bonos), profesionales de municipalidades y servicios públicos que administran beneficios focalizados, y asesores que orientan sobre acceso a ayudas estatales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información tributaria puede compartir el SII con Desarrollo Social? → Información necesaria para evaluar la situación socioeconómica de postulantes a beneficios sociales, dentro del marco del secreto tributario. - ¿Con qué propósito se comparte esta información? → Para mejorar la focalización de programas sociales y verificar la elegibilidad de postulantes a subsidios y beneficios estatales. - ¿Vulnera esto el secreto tributario de los contribuyentes? → No, el intercambio se realiza bajo convenio legal que mantiene reserva y uso exclusivo para fines de política social. - ¿Desde cuándo rige esta colaboración ampliada? → Desde el 11 de enero de 2022, mediante el addendum aprobado por esta resolución exenta. **Lo que debes tener claro:** - **Alcance limitado al marco legal:** el convenio no autoriza divulgación pública sino intercambio institucional bajo estrictas normas de confidencialidad entre organismos del Estado. - **Impacto directo en asignación de subsidios:** postulantes a beneficios como subsidios habitacionales, pensiones solidarias o bonos por vulnerabilidad pueden ver sus solicitudes evaluadas con información tributaria actualizada. - **No requiere consentimiento expreso del contribuyente:** el intercambio opera bajo facultades legales del SII y política pública de focalización, sin necesidad de autorización caso a caso. - **Riesgo de inconsistencias declarativas:** contribuyentes que subdeclaran ingresos ante municipios para acceder a beneficios pueden enfrentar rechazo automático si su información tributaria revela mayor capacidad económica. **Ejemplo práctico:** Una familia postula al Subsidio Familiar de Emergencia declarando ingresos mensuales de 300.000 pesos en formulario municipal. El Ministerio de Desarrollo Social, bajo este convenio, cruza la información con datos tributarios del SII y detecta que uno de los integrantes del grupo familiar emitió boletas de honorarios por 1.200.000 pesos mensuales durante el último trimestre. La postulación es rechazada automáticamente por superar el umbral de focalización, sin que la familia haya sido notificada previamente del cruce de información.
Resumen oficial SII
Aprueba Addendum al Convenio de Colaboración entre el Servicio de Impuestos Internos y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso3.pdf