Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 119 del 07 de Diciembre del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Ex. N° 119 de 2022 renueva el plazo establecido por la Resolución Ex. N° 123 de 2019, permitiendo que los procesos de tasación de bienes raíces fiscales bajo competencia de la Subdirección de Avaluaciones del SII continúen vigentes más allá del término original. **¿A quién le importa esto?** Organismos públicos, municipalidades, y contribuyentes privados que mantienen procesos de tasación de bienes raíces fiscales iniciados bajo la Resolución Ex. N° 123 de 2019, particularmente aquellos con procedimientos pendientes de cierre administrativo. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué plazo se renueva con esta resolución? → El plazo establecido en la Resolución Ex. SII N° 123 de 2019 para tasación de bienes raíces fiscales. - ¿Qué área del SII emite y administra esta prórroga? → La Subdirección de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos. - ¿A qué tipo de bienes afecta esta extensión? → A bienes raíces fiscales sujetos a procesos de tasación administrativa. - ¿Desde cuándo rige la renovación del plazo? → Desde el 07 de diciembre de 2022, según fecha de la resolución exenta. **Lo que debes tener claro:** - **Continuidad de procesos iniciados:** los contribuyentes y entidades públicas con tasaciones en trámite bajo la Res. 123/2019 no deben reiniciar el procedimiento, sino que mantienen su validez bajo el plazo renovado. - **Aplicación exclusiva a bienes fiscales:** esta prórroga no afecta tasaciones de bienes privados ni comerciales, solo aquellos bajo propiedad o administración fiscal sujetos a avalúo del SII. - **Sin especificación de duración:** la resolución no indica el período exacto de la renovación, lo que puede generar incertidumbre sobre la fecha límite efectiva para concluir las tasaciones pendientes. - **Riesgo de caducidad silenciosa:** contribuyentes que asuman plazos indefinidos pueden enfrentar rechazos administrativos si la Subdirección de Avaluaciones establece posteriormente términos perentorios no comunicados públicamente. **Ejemplo práctico:** Una municipalidad solicitó en 2020, bajo la Res. Ex. 123/2019, la tasación de un terreno fiscal de 5.000 m² destinado a infraestructura deportiva, avaluado preliminarmente en 180.000.000 de pesos. Al vencer el plazo original en 2022, la tasación aún no concluía por complejidad técnica. Con la Res. Ex. 119/2022, el municipio puede continuar el trámite sin reiniciarlo, pero debe consultar a la Subdirección de Avaluaciones el plazo específico renovado para evitar que el expediente quede sin efecto por vencimiento tácito.
Resumen oficial SII
Renueva plazo establecido por resolución Ex. SII N° 123, de 2019.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso119.pdf