Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 122 del 21 de Diciembre del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El acuerdo aprobado mediante Resolución Exenta N° 122 establece que la Clave Tributaria del SII será el mecanismo oficial de autenticación para acceder a servicios y realizar gestiones ante la Defensoría del Contribuyente, unificando el sistema de identificación digital. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes personas naturales y jurídicas que necesiten presentar reclamos, solicitudes o gestiones ante la Defensoría del Contribuyente, especialmente quienes antes operaban con credenciales separadas o sistemas de autenticación distintos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué sistema de autenticación usa ahora la Defensoría del Contribuyente? → La Clave Tributaria del SII como mecanismo único y oficial. - ¿Necesito una clave separada para la Defensoría? → No, se usa la misma Clave Tributaria que para trámites en el SII. - ¿Qué pasa si no tengo Clave Tributaria? → Debe obtenerla previamente en el SII para poder gestionar ante la Defensoría. - ¿Desde cuándo rige esta implementación? → Desde la publicación de la Resolución Exenta N° 122 del 21 de diciembre de 2022. **Lo que debes tener claro:** - **Unificación de credenciales de acceso:** elimina la necesidad de gestionar múltiples contraseñas para distintas instituciones tributarias, centralizando el acceso en la Clave Tributaria del SII. - **Obligatoriedad para gestiones ante Defensoría:** sin Clave Tributaria vigente, el contribuyente no podrá iniciar ni dar seguimiento a reclamos o solicitudes en la Defensoría del Contribuyente. - **Impacto en representantes y mandatarios:** los apoderados deben asegurarse de tener Clave Tributaria propia y autorización de representación vigente en el SII para actuar ante la Defensoría en nombre del contribuyente. - **Riesgo de exclusión digital:** contribuyentes sin acceso a internet o sin conocimientos digitales pueden enfrentar barreras para ejercer su derecho de defensa si no gestionan oportunamente su Clave Tributaria. **Ejemplo práctico:** Una microempresaria recibe una liquidación del SII que considera incorrecta y desea presentar un reclamo ante la Defensoría del Contribuyente. Antes podía crear una cuenta separada en el sitio de la Defensoría, pero desde diciembre de 2022 debe ingresar con su Clave Tributaria del SII. Si nunca la obtuvo, primero debe ir a una oficina del SII o generarla en línea validando su identidad, proceso que puede tomar hasta 48 horas, retrasando su reclamo. Excepción común: si la microempresaria opera a través de un contador con poder notarial, este debe tener su propia Clave Tributaria y estar registrado como representante autorizado en el sistema del SII para gestionar el reclamo en su nombre.
Resumen oficial SII
Aprueba Acuerdo entre el Servicio de Impuestos Internos y la Defensoría del Contribuyente, sobre implementación de la Clave Tributaria.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso122.pdf